He estado buscando por la red y la normativa para infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a servicio de telecomunicaciones es el real decreto 1/98.
Esto viene en la pagina www.setsi.mcyt.es del ministerio de tecnologia en referencia a la TDT.
Indicando lo siguiente:
"Los edificios de nueva construccion deben constar con una Infraestructura comun de telecomunicaciones (ICT) segun establece el Real Decreto Ley 1/98 y sus normas de desarrollo"
"La ICT estará proyectada por un ingeniero de Telecomunicaciones o por un ingeniero Tecnico de Telecomunicaciones, e instalada por una empresa instaladora inscrita en el Registro de Empresas Instaladoras de Telecomunicaciones del Ministerio de Ciencia y Tecnologia"
"La ICT asi realizada, y en su apartado de TV, estará preparada, al menos, para captar (antena), adaptar (cabecera) y distribuir (cableado) a todas las viviendas la señal de TV DIGITAL TERRESTRE y distribuir las señal de TV DIGITAL por SATELITE, asi mismo dispondra de las canalizaciones necesarias para la TV por Cable".
La verdad es que no me queda nada claro y haber si me voy a poner a discutir y me van a dejar con el culo al aire.
Saludos.
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