Hola:
Creo que lo que necesitas es leerte bien el reglamento del derecho a la recepción y las antenas parabólicas. La web es ésta pero ahora no está accesible:
[url]http://www.guerin.es/Data/RD279_Guerin.pdf[/url]
Más o menos resumo todo diciendo que:
A- Tienes derecho a poner tu parabólica -previo permiso a tu comunidad de vecinos- donde ellos lo estimen más oportuno.
B- Si hay instalación comunitaria debes engancharte a ella por Ley.
C- Si la instalación comunitaria no sirve para captar las emisiones que tú quieres, entonces deberás solicitar por escrito al administrador de vuestra comunidad que vas a instalar una parabólica hacia otro satélite y ellos están obligados por Ley a permitírtelo (eso sí, en el lugar del edificio que menos daño haga a la estética: ¡no se permite en la fachada!).
D- Si te pones en plan "cabezón" vas a salir ganando, pero te puede pasar como a mí, que me empezaron por cortar con un alicate el cable de la antena y después todo el mundo miró para otra parte. Procura ir de "buen rollo" con ellos porque ponerte en contra de una comunidad de vecinos tiene sus consecuencias.
Saludos.
P.D.: No hay gente más pija que la de una comunidad de vecinos recién fundada. Cuando los bloques de viviendas tienen más de 20 años ya a nadie le importa nada si pones la antena que te dé la gana. Pero cuando todo es nuevo algunos se creen que están viveindo en la Moncloa. De verdad que es patético.
Última edición por Trevor; 14/06/2005 a las 18:03.
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