Vamos a ver: el administrador es como un ayudante del presidente de la comunidad. Su función es administrar (pagar facturas, recaudar las cuotas de comunidad, llamar al fontanero, etc.). El que tiene que tomar la decisión es el presidente, el cual fue elegido por mayoría de propietarios para representarlos y es quien en este caso debe decirte sí o no. En caso de que te remita de nuevo al administrador, es que ese hombre no tiene capacidad para desempeñar la presidencia. Si pasan 15 días y no tienes la respuesta (repito SÍ o NO, aquí no vale el ya veremos), antena al canto con todas las de la Ley.
Animo manatori, que como propietario de una parte de la propiedad horizontal que conforma tu comunidad tienes unos derechos que hay que respetar.
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