En principio debe prevalecer el acuerdo del acta de conciliación ya que se establce la forma de pago de una forma determinada.
Cosa distinta es si en el finiquito te das por satisfecho de la cantidad total y que no tiene mas que reclamar y se deja entrever que ya has cobrado la totalidad. Como hay un poco de ambigüedad puede haber problemas, aunque sigo pensando que prevalece el acta de conciliación.
Habría que leer el finiquito y saber si el primer pago lo hizo antes de firmar el finiquito o despues.
2salu2 y até mais
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