[QUOTE=pakillo loco;3234747] http://www.gabilos.com/weblaboral/pr...taciones17.htm
http://www.seg-social.es/Internet_1/...bono/index.htm
Has de tener en cuenta que una pensión de viudedad nunca se acercará al tope máximo reconocido en nuestro sistema de pensiones de las seguridad social ya que se aplicara el 52% o 70% de la base reguladora, es decir sobre la base reguladora del salario o pensión del consorte fallecido.
2salu2 y até mais[/QUOTE]
Gracias pakillo loco por los dos enlaces, me quedo algo mas tranquilo. Aunque las pensiones de viudedad, en este país, dan pena.
Salu2.
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