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Antiguo 04/11/2008, 21:34   #3
patapa 
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Fecha de ingreso: 25/nov/2006
Mensajes: 185
patapa llegará a ser famoso muy pronto
Por lo que dices es la providencia de apremio lo que te han notificado, con lo que si han seguido el procedimiento legal la sanción será ya firme, se te habrá pasado el plazo de recurso, si no te la han notificado a casa probablemente lo habran intentado sin éxito por 2 veces notificando despues por el boletín.

Ahora bien, si la carta es por correo ordinario es como que no hubieras recibido nada, eso sí, en cuanto te acerques por allí a ver el expediente te notifican la providencia de apremio ipso facto, de todas formas no tienes mas webs que ir a ver el expediente si quieres recurrir, el problema es que recurrir un apremio solo es posible por motivos tasados, y por lo que cuentas solo puedes acogerte a la nulidad.

Lo que me extraña es que el Ayto. de Bilbao tenga convenio con la SS como para embargarte la nómina, los ayuntamientos grandes suelen tener concierto con hacienda y te retienen la devolución del IRPF, en alguna ocasión he visto a alguno que ha embargado una cuenta de un vecino cuando han tenido los datos de la cuenta bancaria del tío (las domiciliaciones bancarias de los recibos municipales tienen eso, que les facilitas mucho las cosas si no pagas), ahora que un ayuntamiento embargue la cuenta de uno que no es vecino y del que no disponen de datos no es muy normal dado que es imposible que dispongan de la información por un método legal.

También me extraña que solo hayas escrito 2 posts en 4 años.
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