Entiendo (técnicamente hablando) que no se trataría de una estafa, no obstante si pretendes denunciar/querellarte por estafa art. 248 y siguientes del Código Penal.
Yo creo que realmente tu consulta iría relacionada con una cuestión de consumo minorista amparada fundamentalmente en la Ley de Consumidores y Usuarios, y puede que también haya algo regulado en tu comunidad autónoma. Yo en tu lugar acudiría tranquilamente a la OMIC de tu pueblo/ciudad que están precisamente para cosas como esta.
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