Hola compañeros,.... está claro que en algunas comunidades ponen muchas pegas,.. pero si lo quiere hacer por su cuenta,.. yo plantearía la posibilidad de adaptar la instalación existente,.. y eso no te lo pueden negar,.. solo con poner un LNB doble (Twin) a la parabólica existente,.. y tira cable directo a tu domicilio y fin de la historia,.. solo que el cable debe estar por dentro,. no se puede por exteriores,.. Puedes aludir a que no ves los canales extranjeros,..de polaridad Horizontal,.. franceses,. alemanes,, etc,.suerte,.. saludetes,..
[COLOR="Red"][FONT="Arial Black"]El artículo 7, apartado 1[/FONT][/COLOR], de la Ley de Propiedad Horizontal establece que el propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando NO menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
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coralmar
Última edición por CORALMAR; 25/05/2016 a las 12:47.
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