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Antiguo 31/08/2008, 22:02   #2
patapa 
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patapa llegará a ser famoso muy pronto
Depende del tipo de arras que hayais pactado, pueden ser penales, penitenciales o confirmatorias. Hay que ver lo que pone en tu contrato. La interpretación de los contratos de arras debe hacerse siempre de forma restrictiva de modo que si no esta expresamente configurado el contrato como de arras penales o penitenciales se entenderán siempre como confirmatorias.

La diferencia entre los tres tipos es:

Confirmatorias: como parte de pago del precio total. Si una de las partes no cumple, la otra puede exigirle el cumplimiento del contrato o su resolución y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.

Penitenciales: cantidad que perderá el comprador o deberá devolver dobladas el vendedor en caso de que no se realice la compraventa.

Penales: cantidad que perderá el comprador o deberá devolver dobladas el vendedor en caso de que no se realice la compraventa, además del pago de daños y perjuicios.
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