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ANTENAS - SINTONIZACIÓN & RECEPCIÓN - FEEDs:
> ANTENAS SAT: Instalación y Orientación
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Antiguo 21/07/2016, 20:51   #1
Ruckmess
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Ruckmess está en el buen camino
Instalacion Comunitaria SAT+TDT

Hola a tod@s! me estoy metiendo ( por fin ) en este mundo que es totalmente nuevo para mi, pero me estoy encontrando con bastantes problemas, y he decidido pediros ayuda para que me guieis en la medida de lo posible al camino correcto.

Os pongo en situación: Vivo en un piso de alquiler que tendrá más de 25 años, en mi casa sólo hay una roseta de TV/R de las que había en la época de Cuéntame. Hicieron una nueva instalación con el salto a la TDT y metieron todos los cables nuevos a dicha roseta (vivo en un segundo de un bloque de 10 pisos). Después de leer muchísimos posts de este foro, y tirandome a las garras de google me imaginé que la instalación del satélite seria con antena comunitaria. Le pregunté a 3 de los presidentes que han sido de la comunidad y ninguno sabe si tenemos antena comunitaria o no, asique el lunes de esta semana, pedí las llaves de la azotea a la secretaria ( tenemos alquilada la azotea a una empresa de telefonía y no podemos acceder salvo algún caso particular a la azotea), y subimos arriba a ver que instalación había.

resulta que hay más de 6 antenas individuales en la azotea (les saqué fotos que ahora os las adjuntaré), algunas incluso ya abandonadas (lnb arrancado y el cable coaxial arrancado), asi que dije, bueno si no hay antena comunitaria, pues reutilizo una de las que no estan usando que está abandonada. Después de unos pocos segundo reparé en que hay una paellera de una marca conocida que empieza por R*VER , con lo que parece un lnb 4.

Por la situación en la azotea, yo creo que puede ser la instalación comunitaria, pero no estoy seguro y a ver si vosotros podeis echarme una mano y que no sea al cuello, por favor.

No me pude acercar mucho a la antena porque a la secretaria no le hacia gracia que estuvieramos arriba que la azotea la tienen que arreglar la tela asfaltica o no se que, por lo que no pude acercarme y le tiré unas fotos a lo que habia cerca.

Segun bajabamos de la azotea, en el descansillo ( que tiene doble puerta por lo que yo desconocia ni que existiera, vi una caja de algo que parecia ser para la TDT, y que leyendo por internet he visto que es una IKUSI ONE SAT (os adjunto fotos) para mas detalle. Y mirando las fotos hoy me he dado cuenta de que parece que en la foto hay un cable cortado, como que alguien haya decidido que no se pone el satelite comunitario para la comunidad.

He estado leyendo y no se porqué pero tengo mis sospechas de que la instalacion de todo el bloque va en algo a lo que llaman "cascada", que he mirado en internet, y no me queda claro si la señal de tdt+sat podria ir en esa configuración.


Cuando bajaba a la ultima puerta, un cajetin del descansillo estaba abierto, y resulta que era un splitter, pero como estaba pintado no se ve demasiado lo que pone, aunque pone power pass ( no sé ni si sera de la comunidad o de la instalacion de algun vecino o de que leches).. Os adjunto tambien foto de esto.

Deciros como dato que en ningun descansillo hay cajetin de telecomunicaciones, ni distribuidores ni nada de nada... sólo sé que si desmonto la roseta de casa, esa de TV y R, vienen dos cables diferentes, uno a la toma de radio y el otro a la de TV ... ( imagino que el de R seria el del satelite pero no tengo ni idea).

He llamado a la empresa que tiene el mantemiento de la antena de tdt de la comunidad, y a ellos no les consta que haya ningun tipo de instalacion que no sea la suya , y que si queria que me mandaban un tecnico, pero la visita solo eran ya 55 garbis....

He preguntado a la presidenta ( que ha comprado el piso hace tres meses y es extranjera y no habla muy bien el castellaño, al tesorero y a la secretaria y ninguno tienen ni idea), pero el tesorero me ha dicho que no puedo montar ninguna antena individual en la azotea, que seguramente las que estan es porque algun vecino cuando ha sido presidente, ha dejado las llaves a todo el mundo y ahi estan... y me ha dicho que proponga en una junta de vecinos que se instale la antena comunitaria ( porque como digo, no saben ni que la tienen), pero los gastos los sufragaria yo, porque la mayoria de mis vecinos tienen los cables tirados por la fachada hasta su casa.

Me ha dicho el tesorero que va a consultar el libro de actas a ver si algun vecino a solicitado permiso para instalar una antena, y que si es así, me tendría que esperar hasta que no terminen las obras de la azotea para poner instalarme una individual...


¿Qué opinais? Siento si no me expreso bien, pero son tantas cosas que se me mezclan en la cabeza y me saturo...


muchas gracias de antemano a tod@s! gracias!

[url=https://postimg.org/image/6f8bc61ox/][/url]

[url=https://postimg.org/image/h3c2b0bo1/][/url]

[url=https://postimg.org/image/s477g13wx/][/url]

[url=https://postimg.org/image/8nmhti8sx/][/url]

[url=https://postimg.org/image/5uta9h8gh/][/url]

[url=https://postimg.org/image/l4t5go3yp/][/url]

[url=https://postimg.org/image/gk6z1qk9d/][/url]
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Antiguo 21/07/2016, 22:13   #2
andorrilla 
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andorrilla Leyenda viva del foroandorrilla Leyenda viva del foroandorrilla Leyenda viva del foroandorrilla Leyenda viva del foroandorrilla Leyenda viva del foroandorrilla Leyenda viva del foroandorrilla Leyenda viva del foroandorrilla Leyenda viva del foroandorrilla Leyenda viva del foroandorrilla Leyenda viva del foroandorrilla Leyenda viva del foro
buenas noches señor.

puede usted aprovechar la del mastil está para astra,la otra está para hispasat..

[url]http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-colectivas/nueva-ley-de-antenas-colectivas/[/url]

esto para sus presis,y al juzgado,un saludo..

pd,lo otro son conexiones,pero no se espere que venga los maestros
__________________
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Antiguo 22/07/2016, 14:02   #3
Ruckmess
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Ruckmess está en el buen camino
Muchas grcias por la respuesta, ya les he informado de mis derechos, pero ellos se niegan y dicen que tienen que consultar el libro de actas para comprobar si algún vecino ha pedido permiso para montar las antenas individuales... Hoy que he podido volver a subir, resulta que de la parabolica que está en el mástil (con un lbn quattro, o ppr lo menos con 4 salidas), han enganchado un 2 way splitter para dos vecinos al parecer... No sé cómo acabará esto...
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Antiguo 22/07/2016, 15:35   #4
CORALMAR 
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CORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuro
[QUOTE=Ruckmess;4785359]Muchas grcias por la respuesta, ya les he informado de mis derechos, pero ellos se niegan y dicen que tienen que consultar el libro de actas para comprobar si algún vecino ha pedido permiso para montar las antenas individuales... Hoy que he podido volver a subir, resulta que de la parabolica que está en el mástil (con un lbn quattro, o ppr lo menos con 4 salidas), han enganchado un 2 way splitter para dos vecinos al parecer... No sé cómo acabará esto...[/QUOTE]

Hola,.. buenas tardes,.. mejor se tome ud,. una tila,. y luego y si eso,.. antes de coger la escopeta recortada,. por seguridad de los vecinos,. eche un vistazo a sus derechos,.. [url]http://foros.zackyfiles.com/showthread.php?t=537831[/url]
__________________

coralmar
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Antiguo 22/07/2016, 16:09   #5
Moliner
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Si sabemos que la ley está de nuestra parte, ¿porque demonios pedimos permiso?

Lo instalamos, por narices, y que sean ellos los que tengan que ir al juzgado.
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Antiguo 22/07/2016, 16:23   #6
CORALMAR 
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CORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuro
Saludos sr Moliner,.. en mi opinión,.. solo es una formalidad,.. amos,.. una declaración de intenciones,.. para que se sepa y conste en acta,.. del motivo de nuestras expectativas al derecho a la información,.. sea cual sea,.y entre ellas,. pues,..eso,.. claro que en mi opinión,. preferiría siempre,.. adaptar a nuestras expectativas,. las infraestructuras existentes,..para no tener que disparar la escopeta,. en fin,. saludetes,..
Artículo 6. Adaptación de instalaciones existentes y realización de instalaciones individuales.
[COLOR="Red"]
1. La adaptación de las instalaciones individuales o de las infraestructuras preexistentes cuando, de acuerdo con la legislación vigente, no reúnan las condiciones para soportar una infraestructura común de telecomunicaciones o no exista obligación de instalarla se realizará de conformidad con los anexos referidos en los párrafos a) y b) del artículo 4.1 de este reglamento que les sean de aplicación.[/COLOR]

2. En el caso de que por no existir, o no estar prevista, la instalación de una infraestructura común de telecomunicaciones, o no se adaptase la preexistente, sea necesaria la realización de una instalación individual para acceder a un servicio de telecomunicación, el promotor de dicha instalación estará obligado a comunicar por escrito al propietario o, en su caso, a la comunidad de propietarios del edificio su intención, y acompañará a dicha comunicación la documentación suficiente para describir la instalación que pretende realizar, acreditación de que ésta reúne los requisitos legales que le sean de aplicación y detalle del uso pretendido de los elementos comunes del edificio. Asimismo incluirá una declaración expresa por la que se exima al propietario o, en su caso, a la comunidad de propietarios de obligación alguna relativa al mantenimiento, seguridad y vigilancia de la infraestructura que se pretende realizar. El propietario o, en su caso, la comunidad de propietarios contestará en los plazos previstos en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, si tiene previsto acometer la realización de una infraestructura común o la adaptación de la preexistente que proporcione el acceso al servicio de telecomunicación pretendido y, en caso contrario, prestará su consentimiento a la utilización de los elementos comunes del edificio para proceder a la realización de la instalación individual, y podrá proponer soluciones alternativas, siempre y cuando sean viables técnica y económicamente.


PD: es una ampliación del artículo 9 del Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero
Artículo 9. Derecho de los copropietarios o arrendatarios al acceso a los servicios y garantía del posible uso compartido de la infraestructura.

1. Los copropietarios de un edificio en régimen de propiedad horizontal o, en su caso, los arrendatarios tendrán derecho a acceder a los servicios de telecomunicaciones distintos de los indicados en el artículo 1.2, a través de la instalación común realizada con arreglo a este Real Decreto-ley, si técnicamente resultase posible su adaptación, o a través de sistemas individuales.

[COLOR="red"]Igualmente, cualquier copropietario de un edificio en régimen de propiedad horizontal o, en su caso, cualquier arrendatario de todo o parte de un edificio tendrán derecho, a su costa y en caso de que no exista una infraestructura común en el mismo, a instalar ésta. También podrán realizar la adaptación de la infraestructura ya existente en el edificio a lo establecido en el artículo 1.2 de este Real Decreto-ley.[/COLOR]

Para llevar a cabo lo previsto en este artículo, los copropietarios o los arrendatarios podrán aprovecharse no sólo de los elementos privativos, sino también de los comunes de los inmuebles, siempre que no menoscaben la infraestructura que existiere en los edificios y no interfieran ni modifiquen las señales correspondientes a servicios que previamente hubiesen contratado otros usuarios.

[COLOR="red"]2. En los supuestos establecidos en el anterior apartado, cuando el propietario de un piso o local, o, en su caso, un arrendatario, desee recibir la prestación de un servicio de telecomunicación al que pudiera accederse a través de una infraestructura determinada, deberá comunicarlo al presidente de la comunidad de propietarios o, en su caso, al propietario del edificio, antes de iniciar cualquier obra con dicha finalidad. El presidente de la comunidad de propietarios o el propietario deberán contestarle antes de quince días desde que la comunicación se produzca, aplicándose, según proceda, las siguientes reglas:[/COLOR]

a) En caso de que exista ya en el edificio esa infraestructura o, antes de que transcurran tres meses desde que la comunicación se produzca, se fuese a adaptar la existente o a instalar una nueva con la finalidad de permitir el acceso a los servicios en cuestión, no podrá llevarse a acabo obra alguna por el copropietario o por el arrendatario.

b) En el supuesto de que no existiese la infraestructura, no fuese hábil para la prestación del servicio al que desean acceder el copropietario o el arrendatario o no se instalase una nueva ni se adaptase la preexistente en el referido plazo de tres meses, el comunicante podrá realizar la obra que le permita la recepción de los servicios de telecomunicaciones correspondientes. Si cualquier otro copropietario o arrendatario solicitase, con posterioridad, beneficiarse de la instalación de las nuevas infraestructuras comunes o de la adaptación de las preexistentes que se llevasen a cabo al amparo de este artículo, se les podrá autorizar, siempre que cumplan lo previsto en el segundo inciso del artículo 4.2.

PD: creo que,.. lo más aconsejable en estos casos es recurrir a un instalador autorizado,.. y nos aconseje adecuadamente,..o a un administrador de fincas competente,..
Por lo que pude deducir,.. el compañero en cuestión,... está en una comunidad,.. donde el presidente ni siquiera habla correctamente el idioma de Cervantes,.. y en ocasiones,.. otras comunidades solo saben de leyes por lo que ponen en[FONT="Arial Black"] la que se avecina[/FONT],.. y así va este pais,,.
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coralmar

Última edición por CORALMAR; 22/07/2016 a las 17:15.
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Antiguo 25/07/2016, 14:10   #7
Ruckmess
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Ruckmess está en el buen camino
Hola! Muchas gracias por las respuestas!! siento que haya sido tan tarde ya que no he tenido la posibilidad de contestaros antes... El tema sigue igual, a ver si a lo largo de esta semana, el tesorero me hace el favor de mirarme el libro de actas y podemos sacar algo en claro.

Lo que no llego a entender, a pesar de leerme lo que Coralmar me ha puesto y además de otros 200(exageración) decretos que probablemente estén repetidos...

Como hay más antenas individuales en la comunidad, y tengo fotos y video de ellos, en caso de que me digan que las cosas se quedan como están y que no puedo poner yo la mía propia, ¿cómo debería proceder?.

Además el tesorero me dijo el otro día que están previstas obras para septiembre porque la tela asfáltica de la azotea tiene una bolsa de agua o algo así, y que en caso de que tuviera la aprobación por haber un precedente de instalación individual, me tendría que esperar a que terminasen las obras para poder hacerme la instalación...


Muchas gracias, sois geniales y muy amables!
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Antiguo 25/07/2016, 14:22   #8
pat12
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pat12 está en el buen camino
[QUOTE=CORALMAR;4785365]no fuese hábil para la prestación del servicio al que desean acceder [/QUOTE]
Esta frase es la clave para que no os puedan tapar la boca diciendo que ya tienen instalada una antena comunitaria si tú quieres poner una individual.Puedes quererla al mismo satélite que la comunitaria pero sin capar, o puedes quererla a otro satélite diferente.
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Antiguo 25/07/2016, 14:29   #9
Ruckmess
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Ruckmess está en el buen camino
[QUOTE=pat12;4785579]Esta frase es la clave para que no os puedan tapar la boca diciendo que ya tienen instalada una antena comunitaria si tú quieres poner una individual.Puedes quererla al mismo satélite que la comunitaria pero sin capar, o puedes quererla a otro satélite diferente.[/QUOTE]

entonces con decir que la quiero orientar a hotbird+astra por ejemplo con un monoblock se acabaría la tontería, ¿no?

gracias por tu respuesta
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Antiguo 25/07/2016, 14:44   #10
pat12
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pat12 está en el buen camino
Exacto.
Pero es que además no tienes que dar explicaciones de para qué satélite la quieres.Piensas poner una antena propia y punto.
En su día yo la tuve a astra+hotbird y después la moví a otro satélite y santas pascuas.
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Antiguo 25/07/2016, 14:58   #11
Ruckmess
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Ruckmess está en el buen camino
[QUOTE=pat12;4785581]Exacto.
Pero es que además no tienes que dar explicaciones de para qué satélite la quieres.Piensas poner una antena propia y punto.
En su día yo la tuve a astra+hotbird y después la moví a otro satélite y santas pascuas.[/QUOTE]

Ya pero como el hombre este ( el tesorero) me ha dicho que si ninguna de las antenas indivduales del tejado ha pedido permiso y consta en acta, que tengo que esperarme a proponerlo en junta, y que se me acepte y faltan 4 meses para la siguiente reunión (no sé que mes me dijo pero para final de año)....
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Antiguo 25/07/2016, 15:04   #12
pat12
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pat12 está en el buen camino
Sólo lo tienes que comunicar por escrito al presidente o al administrador de fincas.No tienes que esperar a ninguna reunión porque no necesitas permiso.
En mi caso,indiqué en la carta qué tipos de trabajos se iban a realizar y el nombre de la empresa instaladora.
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Antiguo 25/07/2016, 15:09   #13
Ruckmess
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Ruckmess está en el buen camino
[QUOTE=pat12;4785583]Sólo lo tienes que comunicar por escrito al presidente o al administrador de fincas.No tienes que esperar a ninguna reunión porque no necesitas permiso.
En mi caso,indiqué en la carta qué tipos de trabajos se iban a realizar y el nombre de la empresa instaladora.[/QUOTE]

De acuerdo, la instalación me la realiza un amigo que trabajaba de antenista por lo que empresa de por medio no habrá, me cobrará los materiales y unas cervezas en el bar de abajo... por lo que esa parte creo que en caso de necesitar escribirla, la omitiré....

Vaya injusticia hay en estos temas, ¿no?, o te toca gente que sepa y una comunidad agradable, o estas jo*** ....

Lo peor de todo es que mis vecinos probablemente pidieron las llaves, las instalaron sin pedir permiso y ahí están, utilizando los servicios...
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Antiguo 25/07/2016, 15:15   #14
pat12
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pat12 está en el buen camino
Por eso no se va a quejar nadie.Muentras no les suponga ningún gasto y no haya ningún desperfecto,nadie dirá nada.
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Antiguo 25/07/2016, 15:28   #15
Ruckmess
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[QUOTE=pat12;4785585]Por eso no se va a quejar nadie.Muentras no les suponga ningún gasto y no haya ningún desperfecto,nadie dirá nada.[/QUOTE]
si quiero reutilizar una paellera que ya está puesa y está abandonada, por lo que ni agujeros tengo que hacer a ninguna zona común... solo tirar el cable y poner el lbn monoblock con dos salidas para dos decos que quiero poner en casa... y el cable iria por la fachada porque el resto de vecinos lo tienen así..
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Antiguo 25/07/2016, 16:10   #16
pat12
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pat12 está en el buen camino
Si está abandonada aprovéchala .Por lo que comentas la casa no es muy nueva.¿No podrías ponerla en un balcón o en una ventana de tu piso?Así tirarías menos cable.Donde yo vivo se ponen así en casas antiguas.
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Antiguo 25/07/2016, 17:14   #17
Ruckmess
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Ruckmess está en el buen camino
[QUOTE=pat12;4785589]Si está abandonada aprovéchala .Por lo que comentas la casa no es muy nueva.¿No podrías ponerla en un balcón o en una ventana de tu piso?Así tirarías menos cable.Donde yo vivo se ponen así en casas antiguas.[/QUOTE]
41 años de edificio... Con eso te lo digo todo... Aunque llevo viviendo ahí menos tiempo... Unos 17 años o por ahí... Que va... No puedo ponerla en la terraza porque ninguna ventana me da para la.zona del.astra y cualquiera pide permiso para ponerla... Además que imagino que el ayuntamiento de mi ciudad no lo tendrá permitido...
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Antiguo 25/07/2016, 18:36   #18
andorrilla 
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[QUOTE=Ruckmess;4785359]Muchas grcias por la respuesta, ya les he informado de mis derechos, pero ellos se niegan y dicen que tienen que consultar el libro de actas para comprobar si algún vecino ha pedido permiso para montar las antenas individuales... Hoy que he podido volver a subir, resulta que de la parabolica que está en el mástil (con un lbn quattro, o ppr lo menos con 4 salidas), han enganchado un 2 way splitter para dos vecinos al parecer... No sé cómo acabará esto...[/QUOTE]

buenas tardes señor..

¡¡¡¡¡¡¡¡¡ [B]al juzgado,[/B]y se le acaban los cuentos..salud.
__________________
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Antiguo 01/09/2016, 14:50   #19
Ruckmess
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Ruckmess está en el buen camino
Aún seguimos en las mismas, seguiremos informando 😌
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Antiguo 17/10/2016, 19:52   #20
Ruckmess
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Ruckmess está en el buen camino
Actualizo: Me acabo de encontrar al hombre este por casualidad, y me dice que NO PUEDO, que me espere a ENERO para proponerlo en junta, le he dicho que habiendoselo comunicado verbalmente a él, y este a su vez a la presidenta ( que no habla castellano bien) hace meses, que en principio la ley me ampara.

El hombre a puesto cara de " tu di lo que quieras que no la vas a poner" y se ha subido en el ascensor... Un tipo que ni siquiera vive en el edificio...

Voy a imprimirme toda la documentación que me habeis referido, subrayarles las partes más importantes, y hacer un escrito directamente donde informe yo a la presidenta. Lo que no sé es si me tiene que firmar como que le he informado, o no.
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Antiguo 30/10/2016, 12:15   #21
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Ruckmess está en el buen camino
Otra actualización, el viernes me imprimí el documento de información al presidente ( la presidenta en mi caso) de que voy a poner la antena en el tejado, adjuntando el articulo 9 ( es una plantilla del foro). Ahora a esperar a ver qué me quieren contar, y sino, en 15 dias tiro el cable y pongo el lbn.

un saludo

P.D: lo he tenido que hacer así para que luego no me digan que no he informado debidamente, la presi me firmo y puso la fecha en una copia que me quedé yo. Aunque desde que les avisé verbalmente han pasado MESES... pero he tenido que tomar esta forma de proceder por la negativa del presidente en la sombra ( el tesorero) ...

Última edición por Ruckmess; 30/10/2016 a las 12:17.
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Antiguo 30/10/2016, 13:58   #22
CORALMAR 
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CORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuroCORALMAR tiene un brillante futuro
[QUOTE=Ruckmess;4796633]Otra actualización, el viernes me imprimí el documento de información al presidente ( la presidenta en mi caso) de que voy a poner la antena en el tejado, adjuntando el articulo 9 ( es una plantilla del foro). Ahora a esperar a ver qué me quieren contar, y sino, en 15 dias tiro el cable y pongo el lbn.

un saludo

P.D: lo he tenido que hacer así para que luego no me digan que no he informado debidamente, la presi me firmo y puso la fecha en una copia que me quedé yo. Aunque desde que les avisé verbalmente han pasado MESES... pero he tenido que tomar esta forma de proceder por la negativa del presidente en la sombra ( el tesorero) ...[/QUOTE]

Hola,.. espero que tenga suerte,..
Mas info,.. por si tiene dudas,..
[B][URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/"]La antena parabólica, un derecho[/URL][/B]


Uno de los [B]derechos fundamentales [/B]que se recogen en la legislación de los países occidentales es el de [B]la información[/B].
En base a esa premisa, las leyes de cada país dejan bien claro que los ciudadanos tienen el derecho a utilizar aquellos materiales necesarios para informarse, y uno de ellos es el de la [B]televisión vía satélite[/B].
En la práctica, existen diversos niveles de regulación de la instalación de este tipo de equipos: Leyes, Decretos-Ley e incluso ordenanzas municipales. Todas ellas están redactadas de modo que favorecen el [B]acceso de la ciudadanía a las telecomunicaciones[/B], aunque ese acceso es diferente en función del tipo de edificación del que estemos hablando.
[I]La Constitución ampara la libertad de expresión y de información en los artículos 9 y 20.1.[/I]



[B]Comunidades de propietarios[B]: basta con un tercio en la reunión de vecinos[/B][/B]

Los edificios unifamiliares no tienen mayores problemas que acogerse a lo que marca la ordenanza municipal, pero no podemos olvidar que la mayor parte de la población española habita en[B]régimen de propiedad horizontal[/B], es decir, en casas divididas por pisos. En ese caso, conviven dos derechos: el de cada propietario individual sobre su elemento privativo y el de todos los miembros de la comunidad sobre los elementos comunes.
Es en estos elementos comunes (suelo, escaleras, fachadas, patios, azoteas, etc.) donde debe verificarse la [B]instalación de antenas parabólicas[/B], una instalación que se realizará de un modo u otro en función del porcentaje de vecinos interesados en acceder a la televisión por satélite.
Aunque hay casos específicos, el [B]Real Decreto-Ley 1/98 [/B]y la [B]Ley 8/99 de Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal[/B] establecen que la instalación puede ser aprobada en junta de propietarios por mayoría de un tercio de sus integrantes que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación en los elementos comunes. Si los interesados no alcanzan ese tercio, el servicio podrá instalarse igualmente, aunque el reparto de gastos será diferente.
El administrador de fincas es la figura ideal para asesorar a las comunidad de propietarios sobre el procedimiento idóneo a la hora de instalar una antena parabólica para la [B]recepción de televisión vía satélite[/B].
Un asesoramiento que será aún más completo si[URL="http://www.digitalmantenimientos.com/wp-admin/contacto"] cuenta con el apoyo de un instalador homologado como Digital I.E[/URL].


[B]Permisos para la instalación de antenas parabólicas[/B]


[FONT=Arial]La instalación de antenas está regulada por el Real Decreto-Ley 1/98 de 27 de febrero, sobre Infraestructuras Comunes en los Edificios para el Acceso a los Servicios de Telecomunicaciones, que entró en vigor el 1 de marzo de 1998. Se trata de una norma que trata de resolver los conflictos que tenían lugar en el seno de las comunidades de propietarios con motivo de la instalación de parabólicas, y lo hace reconociendo el derecho de los copropietarios o arrendatarios a instalar las esas infraestructuras, a conectarse a ellas o adaptar las existentes.[/FONT]

[B]Preguntas Frecuentes[/B]



  • [B]1. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p1"]¿Puede negarse la comunidad devecinos a la instalación de una antena parabólica?[/URL][/B]
  • [B]2. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p2"]¿Qué porcentaje de vecinos tiene que estar de acuerdo?[/URL][/B]
  • [B]3. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p3"]¿Y si es menos de un tercio?[/URL][/B]
  • [B]4. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p4"]¿Y si es un solo vecino?[/URL][/B]
  • [B]5. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p5"]¿Dónde debe instalarse una antena parabólica?[/URL][/B]
  • [B]6. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p6"]¿Puedo instalar la antena en una zona privada?[/URL][/B]


[B]1. ¿Puede negarse la comunidad de vecinos a la instalación de una antena parabólica?[/B]

[FONT=Arial]No. La Constitución protege el derecho a la información de los ciudadanos, que tienen la libertad para elegir qué información desean recibir y a través de qué medio. Las antenas parabólicas son un instrumento necesario para acceder a la televisión digital por satélite, uno de los medios de comunicación social más importantes de la sociedad contemporánea. [/FONT]
[B]2. ¿Qué porcentaje de vecinos tiene que estar de acuerdo?[/B]

[FONT=Arial]El procedimiento para instalar una antena parabólica varía en función del número de personas interesadas en televisión por satélite. El Real Decreto-Ley 1/98 y la Ley 8/99 de Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal establecen que la instalación de un sistema común para acceso a servicios de telecomunicaciones puede ser aprobado en junta de propietarios por mayoría de un tercio de sus integrantes que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación en los elementos comunes. El comienzo de las obras debe ser notificado a los propietarios al menos con dos meses de antelación, y su coste será asumido entre quienes deseen instalar la infraestructura.[/FONT]
[B]3. ¿Y si es menos de un tercio?[/B]

[FONT=Arial]En ese caso no es necesario que la instalación se apruebe en junta de propietarios. Bastará con que el colectivo interesado comunique al presidente de la comunidad o al propietario del edificio su deseo. Éste deberá responder en menos de quince días desde que la comunicación se produzca, si ya existe o si se va a instalar una infraestructura suficiente o adaptar la existente para la recepción de esos servicios en menos de tres meses. Si no fuera así o no hubiera respuesta, los interesados podrían poner en marcha las obras de instalación. En estos casos, los gastos corren a cargo de los copropietarios interesados. No obstante, la infraestructura podrá ser disfrutada en el futuro por otros vecinos que así lo deseen.[/FONT]
[B]4. ¿Y si es un solo vecino?[/B]

[FONT=Arial]El artículo 9 del Real Decreto-Ley 1/98 permite la instalación de sistemas individuales de naturaleza común por un solo individuo, utilizando para ello tanto zonas comunes como privativas, aunque es recomendable usar las primeras (azotea o tejado) por si más adelante fuera necesario convertir la instalación en colectiva. Además, de este modo se conserva la estética del edificio y se protege al usuario de posibles incumplimientos de las ordenanzas municipales.[/FONT]
[FONT=Arial]Es importante decir que el propietario que haya realizado una instalación común correrá con todos los gastos de instalación, y también deberá permitir el acceso posterior a la misma por otros vecinos que no hubieran estado inicialmente interesados, abonando éstos el importe que hubiera correspondido.[/FONT]
[B]5. ¿Dónde debe instalarse una antena parabólica?[/B]

[FONT=Arial]La instalación de antenas parabólicas debe realizarse en los elementos comunes existentes en las viviendas en régimen de copropiedad o propiedad horizontal, es decir, aquellos que son necesarios para el adecuado uso y disfrute del edificio, como por ejemplo: el suelo, el vuelo, las escaleras, paredes maestras, fachadas, ascensores, patios, etc.. Entre ellos está la azotea y aquellos otros lugares en los que, por razones técnicas, suelen ser instaladas las antenas. [/FONT]
[B]6. ¿Puedo instalar la antena en una zona privada?[/B]

[FONT=Arial]Por regla general, sólo se podría instalar en una zona privativa (una terraza, por ejemplo) si no fuera posible hacerlo en una zona común por el mal estado de la azotea o por cualquier otro motivo. En cualquier caso, hay que destacar que cada ayuntamiento dispone de ordenanzas municipales que pueden regular este tipo de instalaciones, por lo que conviene informarse antes.[/FONT]
[FONT=Arial]http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/
[/FONT]

__________________

coralmar
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Antiguo 30/10/2016, 14:04   #23
Ruckmess
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Mensajes: 14
Ruckmess está en el buen camino
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Iniciado por CORALMAR Ver mensaje
Hola,.. espero que tenga suerte,..
Mas info,.. por si tiene dudas,..
[B][URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/"]La antena parabólica, un derecho[/URL][/B]


Uno de los [B]derechos fundamentales [/B]que se recogen en la legislación de los países occidentales es el de [B]la información[/B].
En base a esa premisa, las leyes de cada país dejan bien claro que los ciudadanos tienen el derecho a utilizar aquellos materiales necesarios para informarse, y uno de ellos es el de la [B]televisión vía satélite[/B].
En la práctica, existen diversos niveles de regulación de la instalación de este tipo de equipos: Leyes, Decretos-Ley e incluso ordenanzas municipales. Todas ellas están redactadas de modo que favorecen el [B]acceso de la ciudadanía a las telecomunicaciones[/B], aunque ese acceso es diferente en función del tipo de edificación del que estemos hablando.
[I]La Constitución ampara la libertad de expresión y de información en los artículos 9 y 20.1.[/I]



[B]Comunidades de propietarios[B]: basta con un tercio en la reunión de vecinos[/B][/B]

Los edificios unifamiliares no tienen mayores problemas que acogerse a lo que marca la ordenanza municipal, pero no podemos olvidar que la mayor parte de la población española habita en[B]régimen de propiedad horizontal[/B], es decir, en casas divididas por pisos. En ese caso, conviven dos derechos: el de cada propietario individual sobre su elemento privativo y el de todos los miembros de la comunidad sobre los elementos comunes.
Es en estos elementos comunes (suelo, escaleras, fachadas, patios, azoteas, etc.) donde debe verificarse la [B]instalación de antenas parabólicas[/B], una instalación que se realizará de un modo u otro en función del porcentaje de vecinos interesados en acceder a la televisión por satélite.
Aunque hay casos específicos, el [B]Real Decreto-Ley 1/98 [/B]y la [B]Ley 8/99 de Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal[/B] establecen que la instalación puede ser aprobada en junta de propietarios por mayoría de un tercio de sus integrantes que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación en los elementos comunes. Si los interesados no alcanzan ese tercio, el servicio podrá instalarse igualmente, aunque el reparto de gastos será diferente.
El administrador de fincas es la figura ideal para asesorar a las comunidad de propietarios sobre el procedimiento idóneo a la hora de instalar una antena parabólica para la [B]recepción de televisión vía satélite[/B].
Un asesoramiento que será aún más completo si[URL="http://www.digitalmantenimientos.com/wp-admin/contacto"] cuenta con el apoyo de un instalador homologado como Digital I.E[/URL].


[B]Permisos para la instalación de antenas parabólicas[/B]


[FONT=Arial]La instalación de antenas está regulada por el Real Decreto-Ley 1/98 de 27 de febrero, sobre Infraestructuras Comunes en los Edificios para el Acceso a los Servicios de Telecomunicaciones, que entró en vigor el 1 de marzo de 1998. Se trata de una norma que trata de resolver los conflictos que tenían lugar en el seno de las comunidades de propietarios con motivo de la instalación de parabólicas, y lo hace reconociendo el derecho de los copropietarios o arrendatarios a instalar las esas infraestructuras, a conectarse a ellas o adaptar las existentes.[/FONT]

[B]Preguntas Frecuentes[/B]



[LIST]
[*] [B]1. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p1"]¿Puede negarse la comunidad de vecinos a la instalación de una antena parabólica?[/URL][/B]
[*] [B]2. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p2"]¿Qué porcentaje de vecinos tiene que estar de acuerdo?[/URL][/B]
[*] [B]3. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p3"]¿Y si es menos de un tercio?[/URL][/B]
[*] [B]4. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p4"]¿Y si es un solo vecino?[/URL][/B]
[*] [B]5. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p5"]¿Dónde debe instalarse una antena parabólica?[/URL][/B]
[*] [B]6. [URL="http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/#p6"]¿Puedo instalar la antena en una zona privada?[/URL][/B]
[/LIST]

[B]1. ¿Puede negarse la comunidad de vecinos a la instalación de una antena parabólica?[/B]

[FONT=Arial]No. La Constitución protege el derecho a la información de los ciudadanos, que tienen la libertad para elegir qué información desean recibir y a través de qué medio. Las antenas parabólicas son un instrumento necesario para acceder a la televisión digital por satélite, uno de los medios de comunicación social más importantes de la sociedad contemporánea. [/FONT]
[B]2. ¿Qué porcentaje de vecinos tiene que estar de acuerdo?[/B]

[FONT=Arial]El procedimiento para instalar una antena parabólica varía en función del número de personas interesadas en televisión por satélite. El Real Decreto-Ley 1/98 y la Ley 8/99 de Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal establecen que la instalación de un sistema común para acceso a servicios de telecomunicaciones puede ser aprobado en junta de propietarios por mayoría de un tercio de sus integrantes que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación en los elementos comunes. El comienzo de las obras debe ser notificado a los propietarios al menos con dos meses de antelación, y su coste será asumido entre quienes deseen instalar la infraestructura.[/FONT]
[B]3. ¿Y si es menos de un tercio?[/B]

[FONT=Arial]En ese caso no es necesario que la instalación se apruebe en junta de propietarios. Bastará con que el colectivo interesado comunique al presidente de la comunidad o al propietario del edificio su deseo. Éste deberá responder en menos de quince días desde que la comunicación se produzca, si ya existe o si se va a instalar una infraestructura suficiente o adaptar la existente para la recepción de esos servicios en menos de tres meses. Si no fuera así o no hubiera respuesta, los interesados podrían poner en marcha las obras de instalación. En estos casos, los gastos corren a cargo de los copropietarios interesados. No obstante, la infraestructura podrá ser disfrutada en el futuro por otros vecinos que así lo deseen.[/FONT]
[B]4. ¿Y si es un solo vecino?[/B]

[FONT=Arial]El artículo 9 del Real Decreto-Ley 1/98 permite la instalación de sistemas individuales de naturaleza común por un solo individuo, utilizando para ello tanto zonas comunes como privativas, aunque es recomendable usar las primeras (azotea o tejado) por si más adelante fuera necesario convertir la instalación en colectiva. Además, de este modo se conserva la estética del edificio y se protege al usuario de posibles incumplimientos de las ordenanzas municipales.[/FONT]
[FONT=Arial]Es importante decir que el propietario que haya realizado una instalación común correrá con todos los gastos de instalación, y también deberá permitir el acceso posterior a la misma por otros vecinos que no hubieran estado inicialmente interesados, abonando éstos el importe que hubiera correspondido.[/FONT]
[B]5. ¿Dónde debe instalarse una antena parabólica?[/B]

[FONT=Arial]La instalación de antenas parabólicas debe realizarse en los elementos comunes existentes en las viviendas en régimen de copropiedad o propiedad horizontal, es decir, aquellos que son necesarios para el adecuado uso y disfrute del edificio, como por ejemplo: el suelo, el vuelo, las escaleras, paredes maestras, fachadas, ascensores, patios, etc.. Entre ellos está la azotea y aquellos otros lugares en los que, por razones técnicas, suelen ser instaladas las antenas. [/FONT]
[B]6. ¿Puedo instalar la antena en una zona privada?[/B]

[FONT=Arial]Por regla general, sólo se podría instalar en una zona privativa (una terraza, por ejemplo) si no fuera posible hacerlo en una zona común por el mal estado de la azotea o por cualquier otro motivo. En cualquier caso, hay que destacar que cada ayuntamiento dispone de ordenanzas municipales que pueden regular este tipo de instalaciones, por lo que conviene informarse antes.[/FONT]
[FONT=Arial]http://www.digitalmantenimientos.com/servicios/antenas-parabolicas/la-antena-parabolica-un-derecho/
[/FONT]

Gracias @CORALMAR ya había leído este enlace. Hay 3 antenas más en la azotea y una sin utilizar así que no llegamos ni al tercio ni se van a querer gastar dinero ( acabamos de arreglar la azotea por 16000 euros) , así que espero que no me pongan pegas. El cable lo voy a tirar por entre los cables del adsl y fibra que bajas desde ma azotea por la fachada, que además es por donde los demás vecinos han tirado los cables de sus respectivas instalaciones.

Un saludo y gracias por la ayuda, ya pondré como acaba cosa.
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