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Antiguo 13/07/2008, 12:13   #1
fravira
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Fecha de ingreso: 02/ene/2004
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fravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todos
Problema con comunidad de vecinos

Hola a todos, a mis padres les han puesto un aparato de aire acondicionado, viven en un bloque de pisos en la planta baja, el piso tiene un patio que no es comunitario solo pueden acceder ellos en el cual han montado el aire acondicionado, el problema viene por que el presidente de la comunidad le ha dicho que tiene que quitarlo porque está en una zona que se considera como zona común y que lo tiene que quitar, mi padre no quiso ponerlo en la fachada precisamente para no molestar y ahora le quieren hacer quitar el aire

Por otra parte mi padre está mal de salud, tiene 80 años y está operado dos veces del corazón por lo que necesita tener la vivienda bien climatizada

Por favor que alguien me diga que debo de hacer
__________________
Saludos de un amigo

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Antiguo 13/07/2008, 22:48   #2
patapa 
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Fecha de ingreso: 25/nov/2006
Mensajes: 185
patapa llegará a ser famoso muy pronto
Empeiza por leer los estatutos de tu comunidad, que el patio sea tuyo no significa que puedas hacer en el lo que quieras por eso tienes que mirar lo que dicen vuestros estatutos al respecto, a ver si es que tienes un presidente de los listos o de los tontos.
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Antiguo 14/07/2008, 00:30   #3
eutelsat
Usuario Activo
 
Fecha de ingreso: 25/mar/2005
Mensajes: 77
eutelsat está en el buen camino
como te an dicho leete las normas de la comunidad,,de todas maneras tienes otra opcion y esta creo que no te pueden decir nada y mas si tu padre esta mal de salud,lo que si aria es cojer un certificado medico para que puedas tener fuerza en caso de pleitos,,,,pero como te e dicho hay otra cosa que es ponerte un portatil de las mismas frigorias (la maquina se puede mover e iria dentro de tu habitacion o salon solo tendrias que hacer un agujero de unos 20 centimetros de diametro para que salga el aire caliente o frio atravez de un tubo flexible al exterior ,como el de las secadoras de ropa,,al agujero le poner rejillas y listo,,desde la calle apenas e veria y mas si se pinta la rejilla,AMI ESTA GENTE DE COMUNIDADES PITIMISKIS ME REBIENTAN!!!,,,,dejemosnos de tanta pijada y mas comodidad para vivir y mas si esta uno ya viejito y delicado y enfermo

Última edición por eutelsat; 14/07/2008 a las 00:38.
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Antiguo 14/07/2008, 22:22   #4
fravira
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Fecha de ingreso: 02/ene/2004
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fravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todos
Gracias por responder, de momento le diré que deje el aire donde está y que le vuelva a pedir los estatutos al presidente haber si se los da de una vez para ver que dice con respecto a la instalación de aire acondicionado, el certificado medico lo tengo
__________________
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Antiguo 14/07/2008, 22:44   #5
Eric Cartman 
adio la ottia!!!
 
Fecha de ingreso: 26/nov/2002
Mensajes: 2.604
Eric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplar
Un detalle, que los patios sean de uso y disfrute de un solo vecino no quiere decir que sean suyos, es decir, el balcon y el lavadero de mi piso no son de mi propiedad, en la descripccion del inmueble (escritura) describe todo lo que pertenece al piso, y con lo que linda, en mi caso, el comedor linda con el balcón, pero no es mio.

Los patios y terrazas son salvo rara excepcion comunitarios.

Ahora bien, hace falta ser muy cabrón para impedir que alguien monte el motor del AA en el patio, yo lo primero que haría sería mirar la fachada, si hay algún motor de AA, ya sea en la propia fachada o en un balcón, tienes el mismo derecho a ponerlo, y si lo tiene que quitar tu padre, pues que lo quiten todos (bueno, incluso más, por que en la propia fachada no se pueden colgar) y dudo mucho que no haya ningun aparato en ninguna parte
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Antiguo 16/07/2008, 16:50   #6
patapa 
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Fecha de ingreso: 25/nov/2006
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patapa llegará a ser famoso muy pronto
Menuda lumbrera el que te hizo la escritura de división de propiedad horizontal.
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Antiguo 16/07/2008, 17:27   #7
Eric Cartman 
adio la ottia!!!
 
Fecha de ingreso: 26/nov/2002
Mensajes: 2.604
Eric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplar
[QUOTE=patapa;3450101]Menuda lumbrera el que te hizo la escritura de división de propiedad horizontal.[/QUOTE]

¿El mio? todas las descripciones de finca que he leido son mas o menos =, y he leido muchas, he pasado 10 años trabajando en la inmobiliaria...
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Antiguo 16/07/2008, 21:13   #8
patapa 
Usuario PREMIUM+
 
Fecha de ingreso: 25/nov/2006
Mensajes: 185
patapa llegará a ser famoso muy pronto
¿estas seguro de que has leido muchas donde el balcón y el lavadero no sean propiedad del dueño del piso?

(Salvo que todas las que hayas leido en esos 10 años las haya hecho el mismo jajajajaja)
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Antiguo 16/07/2008, 22:10   #9
pakillo loco 
Se caiba
 
Avatar de pakillo loco
 
Fecha de ingreso: 30/nov/2002
Mensajes: 1.705
pakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foro
Seguro que Eric ha incurridoen un resbalon . Todo lo mas yo lo podría calificar como elemento comun de uso privativo.
En cualquier caso, tanto el balcon con el lavadero se pueden considerar como parte de la fachada y es por ello lo que impide que se puedan colocar aparatos, antenas o cerramientos.
Saludos
__________________
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Antiguo 17/07/2008, 11:45   #10
Eric Cartman 
adio la ottia!!!
 
Fecha de ingreso: 26/nov/2002
Mensajes: 2.604
Eric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplar
[QUOTE=patapa;3450335]¿estas seguro de que has leido muchas donde el balcón y el lavadero no sean propiedad del dueño del piso?

(Salvo que todas las que hayas leido en esos 10 años las haya hecho el mismo jajajajaja)[/QUOTE]

te puedo asegurar que el mi balcon, y mi lavadero no son de mi propiedad, se de uso y disfrute mio (solo yo tengo acceso) y las terrazas de mis vecinos, tampoco son suyas, y lo demuestra que cuando hay que hacerles una arreglo lo paga la comunidad, no el propietario, lo mismo ocurre con mi lavadero.

Sin ir mas lejos, en mi comunidad, y despues de arreglar las terrazas privadas, casi le hacen tirar las macetas a la vecina por que jodian la tela asfaltica, que pago la comunidad por supuesto. Yo imagino que donde vivas tu cada cual se pagará las reparaciones de sus terrazas y demás... (aqui en Barcelona no)

Mira risitas, descripción de una finca en Calafell:

"Linderos: Frente, rellano de escalera y vivienda puerta tercera; [B]fondo, jardín, proyección vertical a jardin, elemento común, pero de uso y disfrute exclusivo de la vivienda de la planta baja[/B], puerta segunda patatin patatan"

En definitiva, los lavaderos casi siempre son del propietario del piso (en mi caso no), los balcones, pocos conozco que entren a formar parte de la vivienda, ni las terrazas, ni los patios.

Ahora no tengo ganas de buscar mas escrituras, he buscado 3 o 4 mas, pero aqui en Hospitalet lo raro es que tengan balcon je je je
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Última edición por Eric Cartman; 17/07/2008 a las 11:47.
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Antiguo 17/07/2008, 15:15   #11
patapa 
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Fecha de ingreso: 25/nov/2006
Mensajes: 185
patapa llegará a ser famoso muy pronto
Que se supone que tienen que ver esos linderos que expones con lo que dijiste en posts anteriores?

A lo mejor te crees que has descubierto América diciendo que el jardín o patio de luces con su proyección vertical son un elemento común por definición,a veces de uso privativo a veces de uso común. La propiedad del suelo desde Justiniano se extiende al subsuelo hasta el infierno y al vuelo hasta el cielo (cuestión bastante ilógica que fue resuelta y convenientemente interpretada por la jurisprudencia afectando a la propiedad del suelo aquella porción del subsuelo y del vuelo que racionalmente eran necesarios para el desarrollo del fín del derecho de propiedad en un interpretación puramente teleológica). El atribuir la propiedad exclusiva de una porción de suelo del solar (con vuelo y subsuelo) sobre el que se levanta un edificio en régimen de propiedad horizontal es como poco ilógica, aunque en derecho civil rige el principio de autonomía de la voluntad en lo que no se oponga a la ley, la moral, o las buenas costumbres.

Ahora bien, tú hablabas de que has visto "muchas escrituras" donde el lavadero y el balcón no son propiedad del dueño del inmueble, a lo que solo te puedo contestar que si no sabes distinguir un balcón de una terraza y un lavadero de un patio no me extraña que no sepas lo que es o no tuyo.


Una cosa es que la parte externa del balcón, del lavadero o de las paredes exteriores de tu piso constituyan la fachada del edificio (elemento común) y otra muy distinta es que estos desde esa línea exterior hacia dentro no integren la propiedad del inmueble particular.

Desde mi punto de vista las personas que trabajan en las inmobiliarias, en gran parte, suelen caracterizarse por sus pocos, muy pocos o, nulos conocimientos jurídicos, solo así se explican las aberraciones que a menudo cometen. Si quieres saber el porqué de las cosas y no solo el como te recomiendo que en vez de leer escrituras y notas simples del registro de la propiedad empieces por leer el código civil, la ley de propiedad horizontal y la jurisprudencia, principalmente del TS aunque si te sobra tiempo tambien te recomiendo que leas jurisprudencia menor, y una vez hayas echo esto volvemos a hablar, si quieres, en igualdad de condiciones.

Puedes empezar por aquí:

El artículo 396 del Código Civil:

«Los diferentes pisos o locales de un edificio o las partes de ellos susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un elemento común de aquél o a la vía pública podrán ser objeto de propiedad separada, que llevará inherente un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes del edificio, que son todos los necesarios para su adecuado uso y disfrute, tales como el suelo, vuelo, cimentaciones, cubiertas; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga; [B]las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elementos de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores[/B]; el portal, las escaleras, porterías, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos y los recintos destinados a ascensores, depósitos, contadores, telefonías o a otros servicios o instalaciones comunes, incluso aquellos que fueren de uso privativo; los ascensores y las instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, incluso las de aprovechamiento de energía solar; las de agua caliente sanitaria, calefacción, aire acondicionado, ventilación o evacuación de humos; las de detección y prevención de incendios; las de portero electrónico y otras de seguridad del edificio, así como las de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo; las servidumbres y cualesquiera otros elementos materiales o jurídicos que por su naturaleza o destino resulten indivisibles.

Las partes en copropiedad no son en ningún caso susceptibles de división y sólo podrán ser enajenadas, gravadas o embargadas juntamente con la parte determinada privativa de la que son anejo inseparable.

En caso de enajenación de un piso o local, los dueños de los demás, por este solo título, no tendrán derecho de tanteo ni de retracto.

Esta forma de propiedad se rige por las disposiciones legales especiales y, en lo que las mismas permitan, por la voluntad de los interesados.»



Por aquí:


Artículo 3 LPH

En el régimen de propiedad establecido en el artículo trescientos noventa y seis del Código civil corresponde al dueño de cada piso o local:

a) El derecho singular y exclusivo de propiedad sobre un espacio suficientemente delimitado y susceptible de aprovechamiento independiente, con los elementos arquitectónicos e instalaciones de todas clases, aparentes o no, que estén comprendidos dentro de sus límites y sirvan exclusivamente al propietario, así como el de los anejos que expresamente hayan sido señalados en el título, aunque se hallen fuera del espacio delimitado.


O por aquí: StAPV FJ 4º 25/05/05:

Doctrina aplicable conforme al art.376LEC. Es auténtica "communis oponio"la jurisprudencia que considera a las terrazas-cubiertas como elementos comunes aunque su uso y disfrute corresponda al titular del piso al que pertenece ya que las mismas sirven al propio tiempo de cubierta del edificio. En cuanto a los elementos comunes, los diferentes pisos o locales de un edificio o las partes de ellos susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un elemento común de aquél o a la vía pública pueden ser objeto de propiedad separada, que lleva inherente un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes de un edificio, que son todos los necesarios para su adecuado uso y disfrute. Y si bien se consideran elementos comunes el portal, las escaleras, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos, recintos destinados para ascensores, contadores, ascensores, instalaciones, canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, el suelo, vuelo, cimientos y, claro está, entre otros muchos las cubiertas. La enumeración de elementos comunes (sobre el particular puede consultarse la STS de 27 de febrero 1987; STS de 14 de octubre 1991; STS de 11 de octubre 1991; STS de 3 de julio 1984, entre otras, como las Resoluciones DGRN de 7 de enero 1994, de 12 de noviembre 1991, entre otras) que realiza el propio Código civil (art. 396) en modo alguno puede ser interpretada de forma cerrada, sino abierta e indicativa, susceptible de acomodarse a las propias necesidad de la propiedad horizontal en cada momento como puso de manifiesto la STS de 17 de febrero 1993. Así concretamente, es frecuente la configuración de las azoteas y terrazas, modalidades de cubiertas o tejados, susceptibles de uso por los propietarios.


Por lo tanto, y como dice la STS de 14 de octubre 1991, las terrazas a nivel o cubiertas tienen, en principio, carácter de elemento común aunque su titularidad corresponda a un particular. Es decir, en modo alguno es contrario a derecho el encontrarnos ante una terraza identificada como propiedad de uno de los comuneros, además con uso privativo del mismo, pero que sea entendido como elemento común generador de una auténtica copropiedad desde el momento en el que realmente se entiende que la terraza cumple la función de cubierta del edificio.

Última edición por patapa; 17/07/2008 a las 16:00.
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Antiguo 17/07/2008, 17:35   #12
Eric Cartman 
adio la ottia!!!
 
Fecha de ingreso: 26/nov/2002
Mensajes: 2.604
Eric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplar
[QUOTE=patapa;3451158]Que se supone que tienen que ver esos linderos que expones con lo que dijiste en posts anteriores?

A lo mejor te crees que has descubierto América diciendo que el jardín o patio de luces con su proyección vertical son un elemento común por definición,a veces de uso privativo a veces de uso común. La propiedad del suelo desde Justiniano se extiende al subsuelo hasta el infierno y al vuelo hasta el cielo (cuestión bastante ilógica que fue resuelta y convenientemente interpretada por la jurisprudencia afectando a la propiedad del suelo aquella porción del subsuelo y del vuelo que racionalmente eran necesarios para el desarrollo del fín del derecho de propiedad en un interpretación puramente teleológica). El atribuir la propiedad exclusiva de una porción de suelo del solar (con vuelo y subsuelo) sobre el que se levanta un edificio en régimen de propiedad horizontal es como poco ilógica, aunque en derecho civil rige el principio de autonomía de la voluntad en lo que no se oponga a la ley, la moral, o las buenas costumbres.

Ahora bien, tú hablabas de que has visto "muchas escrituras" donde el lavadero y el balcón no son propiedad del dueño del inmueble, a lo que solo te puedo contestar que si no sabes distinguir un balcón de una terraza y un lavadero de un patio no me extraña que no sepas lo que es o no tuyo.


Una cosa es que la parte externa del balcón, del lavadero o de las paredes exteriores de tu piso constituyan la fachada del edificio (elemento común) y otra muy distinta es que estos desde esa línea exterior hacia dentro no integren la propiedad del inmueble particular.

Desde mi punto de vista las personas que trabajan en las inmobiliarias, en gran parte, suelen caracterizarse por sus pocos, muy pocos o, nulos conocimientos jurídicos, solo así se explican las aberraciones que a menudo cometen. Si quieres saber el porqué de las cosas y no solo el como te recomiendo que en vez de leer escrituras y notas simples del registro de la propiedad empieces por leer el código civil, la ley de propiedad horizontal y la jurisprudencia, principalmente del TS aunque si te sobra tiempo tambien te recomiendo que leas jurisprudencia menor, y una vez hayas echo esto volvemos a hablar, si quieres, en igualdad de condiciones.

Puedes empezar por aquí:

El artículo 396 del Código Civil:

«Los diferentes pisos o locales de un edificio o las partes de ellos susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un elemento común de aquél o a la vía pública podrán ser objeto de propiedad separada, que llevará inherente un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes del edificio, que son todos los necesarios para su adecuado uso y disfrute, tales como el suelo, vuelo, cimentaciones, cubiertas; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga; [B]las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elementos de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores[/B]; el portal, las escaleras, porterías, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos y los recintos destinados a ascensores, depósitos, contadores, telefonías o a otros servicios o instalaciones comunes, incluso aquellos que fueren de uso privativo; los ascensores y las instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, incluso las de aprovechamiento de energía solar; las de agua caliente sanitaria, calefacción, aire acondicionado, ventilación o evacuación de humos; las de detección y prevención de incendios; las de portero electrónico y otras de seguridad del edificio, así como las de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo; las servidumbres y cualesquiera otros elementos materiales o jurídicos que por su naturaleza o destino resulten indivisibles.

Las partes en copropiedad no son en ningún caso susceptibles de división y sólo podrán ser enajenadas, gravadas o embargadas juntamente con la parte determinada privativa de la que son anejo inseparable.

En caso de enajenación de un piso o local, los dueños de los demás, por este solo título, no tendrán derecho de tanteo ni de retracto.

Esta forma de propiedad se rige por las disposiciones legales especiales y, en lo que las mismas permitan, por la voluntad de los interesados.»



Por aquí:


Artículo 3 LPH

En el régimen de propiedad establecido en el artículo trescientos noventa y seis del Código civil corresponde al dueño de cada piso o local:

a) El derecho singular y exclusivo de propiedad sobre un espacio suficientemente delimitado y susceptible de aprovechamiento independiente, con los elementos arquitectónicos e instalaciones de todas clases, aparentes o no, que estén comprendidos dentro de sus límites y sirvan exclusivamente al propietario, así como el de los anejos que expresamente hayan sido señalados en el título, aunque se hallen fuera del espacio delimitado.


O por aquí: StAPV FJ 4º 25/05/05:

Doctrina aplicable conforme al art.376LEC. Es auténtica "communis oponio"la jurisprudencia que considera a las terrazas-cubiertas como elementos comunes aunque su uso y disfrute corresponda al titular del piso al que pertenece ya que las mismas sirven al propio tiempo de cubierta del edificio. En cuanto a los elementos comunes, los diferentes pisos o locales de un edificio o las partes de ellos susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un elemento común de aquél o a la vía pública pueden ser objeto de propiedad separada, que lleva inherente un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes de un edificio, que son todos los necesarios para su adecuado uso y disfrute. Y si bien se consideran elementos comunes el portal, las escaleras, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos, recintos destinados para ascensores, contadores, ascensores, instalaciones, canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, el suelo, vuelo, cimientos y, claro está, entre otros muchos las cubiertas. La enumeración de elementos comunes (sobre el particular puede consultarse la STS de 27 de febrero 1987; STS de 14 de octubre 1991; STS de 11 de octubre 1991; STS de 3 de julio 1984, entre otras, como las Resoluciones DGRN de 7 de enero 1994, de 12 de noviembre 1991, entre otras) que realiza el propio Código civil (art. 396) en modo alguno puede ser interpretada de forma cerrada, sino abierta e indicativa, susceptible de acomodarse a las propias necesidad de la propiedad horizontal en cada momento como puso de manifiesto la STS de 17 de febrero 1993. Así concretamente, es frecuente la configuración de las azoteas y terrazas, modalidades de cubiertas o tejados, susceptibles de uso por los propietarios.


Por lo tanto, y como dice la STS de 14 de octubre 1991, las terrazas a nivel o cubiertas tienen, en principio, carácter de elemento común aunque su titularidad corresponda a un particular. Es decir, en modo alguno es contrario a derecho el encontrarnos ante una terraza identificada como propiedad de uno de los comuneros, además con uso privativo del mismo, pero que sea entendido como elemento común generador de una auténtica copropiedad desde el momento en el que realmente se entiende que la terraza cumple la función de cubierta del edificio.[/QUOTE]

Menudo rollo macabeo, mira, en mi escritura el balcon y lavadero no cuentan como parte de mi propiedad (vale que lo del lavadero sea extraño), eso es así, que sean de tu propiedad por que un porcentaje es tuyo no quiere decir que tu en ellos puedas hacer lo que te de la gana. O que en otros casos si que aparezca, pues me parece bien, pero debe ser que aquí casi todos los balcones, terrazas y demás son comunitarios y en otras zonas no.

Ahora acabo de leer una escritura de Tarragona y si aparece la terraza, como parte de la descripción. (pero esto no quita que pudiera considerarse comunitaria, de uso privativo)

Lo que me hace gracia es que dudes de lo que te estoy explicando, mas de 10 años de notaría en notaría, leyendo descripciones... que me vas a contar... y encima con el jijiji jajaja

en cuanto a lo del post anterior, no me refiero a la proyeccion vertical, si no a la TITULARIDAD DEL JARDIN.

"Linderos: Frente, rellano de escalera y vivienda puerta tercera; [B]fondo, jardín[/B], proyección vertical a jardin, [B]elemento común, pero de uso y disfrute exclusivo de la vivienda de la planta baja[/B], puerta segunda patatin patatan"

Con lo de "elemento comun pero de uso y disfrute de la planta baja", me imagino que no se refiere a la proyeccion vertical, si no al jardín, por que no creo que nadie haga una descripción diciendo quien puede usar o no una proyeccion vertical.
__________________
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Última edición por Eric Cartman; 17/07/2008 a las 17:40.
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Antiguo 17/07/2008, 18:34   #13
patapa 
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patapa llegará a ser famoso muy pronto
Obviamente no sabes de que hablas, así que acabo aquí mi conversación contigo.
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Antiguo 17/07/2008, 19:15   #14
Eric Cartman 
adio la ottia!!!
 
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Eric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplar
[QUOTE=patapa;3451287]Obviamente no sabes de que hablas, así que acabo aquí mi conversación contigo.[/QUOTE]

gran respuesta... no esperaba mas je je je
__________________
[SIGPIC][/SIGPIhttp://foros.zackyfiles.com/image.php?type=sigpic&userid=169&dateline=1285682097C]

Última edición por Eric Cartman; 17/07/2008 a las 19:17.
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Antiguo 18/07/2008, 10:17   #15
Efebo 
Odio la Tele...
 
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Efebo ha deshabilitado la reputación
Vamos a dejarnos de chorradas o pongo a la gente en la calle antes de lo que se tarda en decir "baneo"

Eric, un saludo, que últimamente no te prodigas mucho...

Saludos desde el sur

Efebo
__________________

SI SECRETUM TIBI SIT,
TEGE ILLUD, VEL REVELA.


Ni olvido, ni perdono

Última edición por Efebo; 18/07/2008 a las 10:37.
Efebo está desconectado
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Antiguo 18/07/2008, 11:34   #16
Eric Cartman 
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[QUOTE=Efebo;3451738]Vamos a dejarnos de chorradas o pongo a la gente en la calle antes de lo que se tarda en decir "baneo"

Eric, un saludo, que últimamente no te prodigas mucho...

Saludos desde el sur

Efebo[/QUOTE]

El trabajo no me dejaba je je ahora estoy en semi paro y puedo postear je je je

P. D. no es pa tanto, pero en el fondo, y en interes de quien abre el hilo, creo que mi respuesta es mas que correcta (sea de quien sean los balcones je je je)
__________________
[SIGPIC][/SIGPIhttp://foros.zackyfiles.com/image.php?type=sigpic&userid=169&dateline=1285682097C]
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Antiguo 18/07/2008, 14:44   #17
patapa 
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Fecha de ingreso: 25/nov/2006
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patapa llegará a ser famoso muy pronto
En atención a quien abre el hilo, y precisamente porque al parecer esta persona necesita un consejo, le doy una respuesta no solo lógica sino también jurídica. Lo que tu mantienes, no solo lo de los balcones, es una verdadera estupidez lo mires por donde lo mires sin ningún sustento jurídico, independientemente de los posts que lleves o de si conoces o dejas de conocer al moderador.

P.D. X Efebo: Dale al botón de ban si te apetece. Lo que a ti puede parecerte una chorrada es, para el que inició el hilo, un verdadero problema del que se pueden derivar consecuencias bastante graves en lo personal y en lo económico si se atiene a los consejos totalmente infundados que le da Cartman, que por cierto es el que ha insultado, no creo yo que en mis posts le hubiera faltado al respeto. No obstante, como te digo, dale al ban si quieres, no creas que me vas a causar un trauma con eso. Del Nautilus no me vas a bajar.

Última edición por patapa; 18/07/2008 a las 15:14.
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Antiguo 18/07/2008, 15:04   #18
fravira
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fravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todosfravira es un nombre conocido por todos
Doy las gracias a todos los que han intentado ayudarme pero no quiero ninguna disputa entre amigos por que aquí somos todos un grupo de amigos por lo cual pido que se cierre el hilo
Gracias de nuevo
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Saludos de un amigo

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Antiguo 18/07/2008, 18:20   #19
Eric Cartman 
adio la ottia!!!
 
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Eric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplar
[QUOTE=patapa;3451950]En atención a quien abre el hilo, y precisamente porque al parecer esta persona necesita un consejo, le doy una respuesta no solo lógica sino también jurídica. Lo que tu mantienes, no solo lo de los balcones, es una verdadera estupidez lo mires por donde lo mires sin ningún sustento jurídico, independientemente de los posts que lleves o de si conoces o dejas de conocer al moderador.

P.D. X Efebo: Dale al botón de ban si te apetece. Lo que a ti puede parecerte una chorrada es, para el que inició el hilo, un verdadero problema del que se pueden derivar consecuencias bastante graves en lo personal y en lo económico si se atiene a los consejos totalmente infundados que le da Cartman, que por cierto es el que ha insultado, no creo yo que en mis posts le hubiera faltado al respeto. No obstante, como te digo, dale al ban si quieres, no creas que me vas a causar un trauma con eso. Del Nautilus no me vas a bajar.[/QUOTE]


Ahora te he insultado... dime donde por que esto ya es de risa.

Lo segundo es que de donde seas tu los balcones sean no solo de use y disfrute del piso desde el que se accede a ellos, aqui ya te aseguro que no, y el ji ji ja ja me ha tocado los wuevos por que te puedo asegurar de que hablo.

Ahora al tema del hilo, a este señor le quieren hacer quitar un motor de AA del patio interior, dime, si en ese patio los vecinos le dicen que no lo puede poner, y el mira por la fachada, balcones y demás si hay alguno puesto, para que en todo caso, o se los fo llan a todos o a ninguno es un planteamiento correcto o no, sea con leyes en la mano o con la logica.

En cuanto al ban, pues sinceramente, has venido con el ji ji ja ja, pero no creo que sea pa un ban desde luego. Tampoco creo que sea logico que llegues a un sitio y toques los wevos a los de alli sin mas ni mas, si lo dices bien y sin esa pedantería estariamos todos mas contentos.

Un salu2 y si tengo algun momento te pondré la descripcion de mi casa, lo mismo flipas al leerlo, pero es así. Lo mismo es por leyes foraneas o vete tu a saber, tampoco se de donde eres (ya se que las leyes que has posteado son estatales)

Última edición por Eric Cartman; 18/07/2008 a las 18:22.
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Antiguo 18/07/2008, 19:11   #20
pakillo loco 
Se caiba
 
Avatar de pakillo loco
 
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pakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foropakillo loco A este paso se convertirá en leyenda de este foro
[QUOTE=fravira;3451955]Doy las gracias a todos los que han intentado ayudarme pero no quiero ninguna disputa entre amigos por que aquí somos todos un grupo de amigos por lo cual pido que se cierre el hilo
Gracias de nuevo[/QUOTE]
Fravira, el debate ns enriquece a todos, no así los términos del debate que en ocasiones deja mucho que desear. Por lo tanto, no es recomendable cerrar el hilo, salvando los extremos.
Respecto al tema planteado por tí, deduzco que el "patio" ¿debe tratarse de una zona que da al patio de luces? y por tanto, no debe considerarse fachada. Este aspecto lo considere esencial respecto del problema planteado.
Otro dato importante a tener en cuenta es si hay [B]ordenanzas municipales[/B] que regulen el tema. Debes informarte en tu Ayuntamiento.
El Presidente, en sí mismo, no puede prohibirte o mandarte que qiuites el aparato. Para ello debe convocar y celebrar una Asamblea de Vecinos y tratar el tema. Si por mayoría de votos deciden que lo quites, impugna el acta y que sea el Juez el que lo decide. Yo veo posibilidades de éxito.
No voy a dar detalles para no extenderme demasiado.
Para la polémica suscitada entre Eric y Patapa, entiendo que antes de consultar normativa o jurisprudencia e, incluso, notas simples. Se ha de leer detenidamente el contenido de la Escritura de Propiedad y ahí te dira si el balcon, la terraza o el fregadero forman parte de la propiedad o no.
En mi opinióm, que balcon o terraza no sea de la propiedad me parece raro, asi como el caso de las terrazas, pero hay excepciones, haylas.
El supuesto de que haya una contradicción entre la realidad registral (lo que esta inscrito en el Registro de la Propiedad) y la realidad extrarregistral (lo que ndica la escritur de Propiedad), es otra historia que no merece extenderse ahora.
Sin duda, conozco casos, y los vivo, en los que las terrazas con un acceso privativo de una propiedad, es de uso comun, no pertenecen a la propiedad.
He aquí elejemplo:
[url]http://maps.google.es/maps?hl=es&ie=UTF8&ll=39.465551,-0.415721&spn=0.001483,0.002339&t=h&z=19[/url]
Aquí se puede observar un grupo de fincas en forma de "L" y otra manzana que hay mas abajo en la imagen que pertenecen a un tipo (digamos A) y otra en forma de tres cuadrados unidos parecidas a una figura del tetris, que a su verz forman manzanas de varias finas. Digamos tipo B.
Las fincas de tipo A tienen una terraza no pisable de propiedad común y otro tipo de terrazas que estan a una altura menos en forma de cuadrado. A estas terrazas solo se accede por una de las propiedades y sin embargo no es privativa de esta propiedad, es comun.
La razon esta en que por el descansillo del ultimo piso hay una parte de pared que linda con la terraza y da posibilidad de que por hay se abra puerta de acceso a la terraza, pero no se ha hecho y esa terraza solo se disfruta por el propietario de ese piso.
Respecto de los balcones, entiendo que los derechos de propiedad estan limitados mas allá de la estricta verticalidad o linea perimetral ya que incluso el prament veritcal interior del balcon no puede ser modificado por el propietario por considerarse fachada y las ordenanzas municipales suelen prohibir la colocacin de aparatos de aire, parabolicas o cerramientos. Otra cosa es que muchos se lo pase por el forro.
Incluso, he conocido casos en que para poder colocar un toldo, el Ayuntamiento ha exigido que se los ponga todos y del mismo color.
saludos
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Antiguo 21/07/2008, 00:37   #21
patapa 
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patapa llegará a ser famoso muy pronto
[QUOTE=Eric Cartman;3452096]Ahora te he insultado... dime donde por que esto ya es de risa.

Lo segundo es que de donde seas tu los balcones sean no solo de use y disfrute del piso desde el que se accede a ellos, aqui ya te aseguro que no, y el ji ji ja ja me ha tocado los wuevos por que te puedo asegurar de que hablo.

Ahora al tema del hilo, a este señor le quieren hacer quitar un motor de AA del patio interior, dime, si en ese patio los vecinos le dicen que no lo puede poner, y el mira por la fachada, balcones y demás si hay alguno puesto, para que en todo caso, o se los fo llan a todos o a ninguno es un planteamiento correcto o no, sea con leyes en la mano o con la logica.

En cuanto al ban, pues sinceramente, has venido con el ji ji ja ja, pero no creo que sea pa un ban desde luego. Tampoco creo que sea logico que llegues a un sitio y toques los wevos a los de alli sin mas ni mas, si lo dices bien y sin esa pedantería estariamos todos mas contentos.

Un salu2 y si tengo algun momento te pondré la descripcion de mi casa, lo mismo flipas al leerlo, pero es así. Lo mismo es por leyes foraneas o vete tu a saber, tampoco se de donde eres (ya se que las leyes que has posteado son estatales)[/QUOTE]

Mira, no pensaba contestarte porque no me merece la pena, pero como veo que sigues insultando solo te diré 3 cosas:

1º.- En cuanto a si he venido a un sitio a tocar las pelotas con pedantería lo único que te vo a decir es que desde mi punto de vista el único pedante eres tú, ya te dije que poco me importaban tus posts o antiguedad (ahora que si todos tus posts son así lo raro es que no lleves 50.000 ya) Tú no tienes ni idea del tiempo que llevo yo por esta casa, así que por ese camino mejor que no vayas porque a lo mejor te sorprendes, y desde luego te equivocas.

2º.- Sobre tu solución "lógica" de que mire si hay aparatos en los balcones o en la fachada (ah no, en la fachada no decias que estaban prohibidos??) no voy a extenderme mucho, solo te diré que eso es otra estupidez, si la gente tiene aparatos en los balcones quizá sea por que los balcones son suyos, si los tienen en la fachada a lo mejor es porque su ayuntamiento ni su comunidad lo prohibe, o porque los han puesto antes de entrar en vigor la ordenanza que los prohibe.La respuesta lógica y JURIDICA (que supongo que es lo que busca la gente que entra aquí, no las opiniones de iluminados) es la que le di yo en mi primer post, que empiece por leer los estatutos de su comunidad, porque probablemente ahí encontrará la respuesta, y despues las ordenanzas de su ciudad. El patio de luces por su propia estructura suele tener un efecto amplificador del sonido, y además a ese patio suelen dar dormitorios, por lo que por regla general suele ser mas molesto un compresor en ese patio que en una fachada. Por cierto yo lo tengo en la fachada, sin embargo el del bajo no puede poner el suyo en el patio de luces, ¿porque será?


3º.- Y aunque ya me está cansando el tema balcones. Ni donde yo vivo, ni donde tú vives ni en ningún sitio es normal que el balcón no sea propiedad privada y parte del piso. Que pueda haber alguna excepción como explica Pakillo no lo discuto (al margen del tema fachada que ya te puse los artículos por donde puedes empezar a informarte), pero de ahí a que sea habitual........ por muchos 10 años que hayas pasado llevando y trayendo papeles de las notarías. Una de las diferencias entre tú y yo es que por lo que yo hablo normalmente a mi me pagan y a ti te cobran, de ahí la situación merecida de cada uno de nosotros. Así que lo mío no es pedantería majete, es solo que a ti te falta leer mucho, y sobre todo comprender lo que lees. Y sobre lo de que a lo mejor la leyes foráneas catalanas regulan el tema balcones, mejor lo dejamos estar, no metas mas la pata anda.

Última edición por patapa; 21/07/2008 a las 00:42.
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Antiguo 21/07/2008, 19:33   #22
Eric Cartman 
adio la ottia!!!
 
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Eric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplarEric Cartman es algo digno de contemplar
[QUOTE=patapa;3453570]Mira, no pensaba contestarte porque no me merece la pena, pero como veo que sigues insultando solo te diré 3 cosas:

1º.- En cuanto a si he venido a un sitio a tocar las pelotas con pedantería lo único que te vo a decir es que desde mi punto de vista el único pedante eres tú, ya te dije que poco me importaban tus posts o antiguedad (ahora que si todos tus posts son así lo raro es que no lleves 50.000 ya) Tú no tienes ni idea del tiempo que llevo yo por esta casa, así que por ese camino mejor que no vayas porque a lo mejor te sorprendes, y desde luego te equivocas.

2º.- Sobre tu solución "lógica" de que mire si hay aparatos en los balcones o en la fachada (ah no, en la fachada no decias que estaban prohibidos??) no voy a extenderme mucho, solo te diré que eso es otra estupidez, si la gente tiene aparatos en los balcones quizá sea por que los balcones son suyos, si los tienen en la fachada a lo mejor es porque su ayuntamiento ni su comunidad lo prohibe, o porque los han puesto antes de entrar en vigor la ordenanza que los prohibe.La respuesta lógica y JURIDICA (que supongo que es lo que busca la gente que entra aquí, no las opiniones de iluminados) es la que le di yo en mi primer post, que empiece por leer los estatutos de su comunidad, porque probablemente ahí encontrará la respuesta, y despues las ordenanzas de su ciudad. El patio de luces por su propia estructura suele tener un efecto amplificador del sonido, y además a ese patio suelen dar dormitorios, por lo que por regla general suele ser mas molesto un compresor en ese patio que en una fachada. Por cierto yo lo tengo en la fachada, sin embargo el del bajo no puede poner el suyo en el patio de luces, ¿porque será?


3º.- Y aunque ya me está cansando el tema balcones. Ni donde yo vivo, ni donde tú vives ni en ningún sitio es normal que el balcón no sea propiedad privada y parte del piso. Que pueda haber alguna excepción como explica Pakillo no lo discuto (al margen del tema fachada que ya te puse los artículos por donde puedes empezar a informarte), pero de ahí a que sea habitual........ por muchos 10 años que hayas pasado llevando y trayendo papeles de las notarías. Una de las diferencias entre tú y yo es que por lo que yo hablo normalmente a mi me pagan y a ti te cobran, de ahí la situación merecida de cada uno de nosotros. Así que lo mío no es pedantería majete, es solo que a ti te falta leer mucho, y sobre todo comprender lo que lees. Y sobre lo de que a lo mejor la leyes foráneas catalanas regulan el tema balcones, mejor lo dejamos estar, no metas mas la pata anda.[/QUOTE]

dejemoslo estar, yo solo intentaba ayudar, con mas o menos razón, y te puedo asegurar que he visto muchas escrituras como las que te digo, entre ellas la mia, por que estan así? ni idea, lo mismo por que son fincas viejas, o por lo que sea.

O incluso podría ser que yo este equivocado (no es el caso, pero bueno, por que como te digo, he leido muchas y no he estado llevandolas sin mas a notarías) pero no gusta que te vengan con el ji ji ja ja (a no ser que sea alguien con quien tegas la suficiente confianza, que no es el caso)

En cuanto a mi aportacion al foro, pues bueno, tu puedes llevar de visitas al foro desde la edad de piedra, en ese caso, has estado solo pal interes, o por perdder el tiempo, yo en cambio he intentado ayudar, y para muestra, pues este post: [URL="http://foros.zackyfiles.com/showthread.php?t=286522"]http://foros.zackyfiles.com/showthread.php?t=286522[/URL] ademas, realmente llevos mas de 20.000 posts, y precisamente, hace años, hacia cambios de nick para evitar que la gente me venga con el rollo de que si yo tengo mas permisos por nº de posts o por antigüedad. COn eso no me ofendes a mi si no a los moderadores, por que les dices que no son imparciales.

Última edición por Eric Cartman; 21/07/2008 a las 21:55.
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Antiguo 22/07/2008, 02:16   #23
patapa 
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Mensajes: 185
patapa llegará a ser famoso muy pronto
Ya te dije que no sigas por ese camino por que te estas equivocando, como puedes comprobar por ejemplo en este hilo yo suelo ayudar mas que pedir ayuda.

Yo también he escrito algún manual, pero no es cuestión de sacar pecho por eso, si a ti te luce hacerlo pues adelante, a mi plin, yo no voy de ese palo. Si a ti te jode el jijiji lo dices y punto, no me vengas con risitas y demas lindezas porque en ese caso ajo y agua, como sabes confianza entre nosotros ninguna ni nada que se le parezca.

Obviamente yo también he cambiado de nick alguna vez, así que no me vengas con historias porque quien tiene que saber quien soy ya lo sabe, así que no te confundas que yo no vengo aquí en plan lammer como otros si es lo que pretendias insinuar. Y por cierto ningún moderador me ha dicho que le ofenda conociendo como conozco a alguno personalmente, mas al contrario alguno me ha agradecido en ocasiones mi sinceridad aunque duela.

Varios posts atrás te dije que mi discusión contigo ya había terminado, así que haz el favor de no pinchar mas, por lo que a mi respecta no voy a perder mas el tiempo con esto.
patapa está desconectado
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Antiguo 22/07/2008, 10:18   #24
vikingo22
Foreando...
 
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vikingo22 A este paso se convertirá en leyenda de este forovikingo22 A este paso se convertirá en leyenda de este forovikingo22 A este paso se convertirá en leyenda de este forovikingo22 A este paso se convertirá en leyenda de este forovikingo22 A este paso se convertirá en leyenda de este forovikingo22 A este paso se convertirá en leyenda de este forovikingo22 A este paso se convertirá en leyenda de este forovikingo22 A este paso se convertirá en leyenda de este forovikingo22 A este paso se convertirá en leyenda de este forovikingo22 A este paso se convertirá en leyenda de este forovikingo22 A este paso se convertirá en leyenda de este foro
Os podéis dejar de discusiones sin sentido????? Dos no discuten si uno no quiere.
__________________
Salu2.
Dios Aprieta, Pero No Ahoga...
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Antiguo 22/07/2008, 12:14   #25
Efebo 
Odio la Tele...
 
Avatar de Efebo
 
Fecha de ingreso: 03/ene/2004
Mensajes: 3.691
Efebo ha deshabilitado la reputación
Al próximo comentario cierro el hilo. Tema zanjado.

Saludos desde el sur

Efebo
__________________

SI SECRETUM TIBI SIT,
TEGE ILLUD, VEL REVELA.


Ni olvido, ni perdono
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