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Antiguo 22/01/2009, 16:07   #1
leugimr
Usuario Activo
 
Avatar de leugimr
 
Fecha de ingreso: 17/feb/2006
Mensajes: 93
leugimr está en el buen camino
Duda calculo pension

Hola amigos, a ver si me podeis aclarar una duda, mi caso es el siguiente:

En 2005 me dio un infarto, motivo por el cual se me reconocio hace dos años y pico una incapacidad permanente total para mi prof. habitual, cuando cai enfermo la empresa para la que trabajaba me despidio con lo cual casi la totalidad de los 18 meses que pase de baja hasta que pase el tribunal medico estube sin cotizar.
A mi me la calcularon la pension con las bases de cotizacion de los ultimos 5 años, contando en ese periodo el tiempo que estube de baja y sin cotizar con lo que se utilizo la base minima.

Mi duda es, ya que he estado mirando por la red y me ha asaltado la duda:

¿Tenian que haberme calculado la pension con las bases de los 5 años pero anteriores al echo causante (el dia que me dio el infarto) ? o ¿esta bien echo como lo hicieron, calculando los 5 años desde la fecha que estube en el tribunal y se me reconocio la incapacidad?

La verdad es que la diferencia es importante.

Tenia 35 años cuando ocurrio y unos 13 años cotizados.

Salu2 y gracias de antemano

Última edición por leugimr; 22/01/2009 a las 16:10.
leugimr está desconectado
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Antiguo 22/01/2009, 22:03   #2
patapa 
Usuario PREMIUM+
 
Fecha de ingreso: 25/nov/2006
Mensajes: 185
patapa llegará a ser famoso muy pronto
Deben calcularla según las bases de cotización anteriores al hecho causante, si son 5 ó mas años o menos dependerá de tu convenio y de si la incapacidad se deriva de enfermedad comun o profesional, en principio por ley para las incapacidades derivadas de enfermedad común se usan los 8 años anteriores al hecho causante (que imagino que es como te la han calificado ya que sin lucharlo es raro que te califiquen el infarto como profesional).

Echale un vistazo a esto a partir del artículo 139: [url]http://www.gabilos.com/leyes/rdleg1-1994.t2.html#c5[/url]

[url]http://www.gabilos.com/weblaboral/preguntassegsocial/Prestaciones7.htm[/url]

De todas formas a pesar de lo que pone en esos enlaces te recomiendo que busques en tu convenio colectivo ya que en muchísimas ocasiones este tema viene regulado por el convenio.
patapa está desconectado
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Antiguo 22/01/2009, 23:04   #3
leugimr
Usuario Activo
 
Avatar de leugimr
 
Fecha de ingreso: 17/feb/2006
Mensajes: 93
leugimr está en el buen camino
gracias por la respuesta, eso es lo que estube mirando, lo mio es enfermedad comun y se me contabilizan 5 años por(cito):

Si el causante tiene cumplidos treinta y un años de edad, la cuarta parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que se haya cumplido los veinte años y el día en que se hubiese producido el hecho causante, con un mínimo, en todo caso, de cinco años. En este supuesto, al menos la quinta parte del período de cotización exigible deberá estar comprendida dentro de los diez años inmediatamente anteriores al hecho causante.

Hasta ahi todo lo entiendo y veo que me corresponde sobre los 5 años.
Lo que no me queda del todo claro es ya el articulo 140, en el que para los 96 meses(8 años) si dice que se calcula a partir del echo causante.

Para mi caso, en que se me tienen en cuenta los ultimos 5 años
¿tambien se cuentan a partir del echo causante?

¿El echo causante es el infarto? o ¿es el reconocimiento de la incapacidad?

Porque si es el infarto entonces entiendo que se calculo mal la pension.

¿como es?

Lo siento, pero esque estos textos legales me lian y no se si realmente estoy entendiendo lo que pone o lo que yo quiero entender.

salu2 y gracias de nuevo.

Última edición por leugimr; 22/01/2009 a las 23:14.
leugimr está desconectado
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