en este enlace podeis ver los grados de consagueneidad
h**p://***.fe.ccoo.es/andalucia/jaen/principal_archivos/novedades_dia_archivos/grado%20parentesco.pdf
y los cuñados son de segundo grado,
y el estatuto de los trabajadores dice que en caso de hospitalizacion, enfermedad grave , etc, tienes derecho a dos días de permiso retribuido y creo que son cuatro si está duera de tu domicilio , y no dice nada si es una vez al mes, al año o a la semana , por lo tanto cada vez que por desgracia ocurra esto, se tiene derecho.
saludos.
__________________ y despues del verano cartagineses y romanos
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