Efectivamente, a mi entender, puesto que la obligación de la entidad aseguradora es la reparación del daño causado.
La presentación del presupuesto puede no ser aceptado ya que no demuestras que la reparación se ha llevado a efecto.
Te digo esto en palabras llanas para mejor entendimiento. Si aceptas el dinero y lo destinas integramente a la reparación del daño, la indemnización por daños y perjuicios estara satisfecha. Si en vez de llevarlo al taller que ha realizado el presupuesto lo llevas "al amiguete chapista" y te sobra dinero, habría "enriquecimiento injusto" (figura juridica por la que se define el incremento patrimonial sin que exista hecho o derecho que lo justifique).
Por ello, es posible y lícito que te pidan factura de la reparación.
Saludos
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