Desconozco si hay legislación civil al respecto, ya que hasta el momento, sé que se limita a la legislación y normativa de organización y funcionamiento de cada centro educativo, consistiendo normalmente en la expulsión o expedientar al alumno.
Ver ej.: [URL="http://www.humanidades.uspceu.es/pdf/Normasdecomportamiento.pdf"]USPCEU[/URL]
[QUOTE]Los plagios de libros o trabajos, copiar en los exámenes y todo acto similar de fraude académico supondrá automáticamente un suspenso en la convocatoria correspondiente. El profesor notificará por escrito al Decano, quien podrá informar al Rector para la incoación del correspondiente expediente sancionador(Legislación y normas de organización y funcionamiento USP‐CEU III.4.1. Art. 29.d)[/QUOTE]También hay que leerse la normativa si se trata de presentarse a unas oposiciones, véase aquí:
[QUOTE]7.10 Cuando se demuestre que un examinando ha copiado, le será prohibido presentarse a más exámenes durante doce meses a partir de la fecha del examen en que hubiera sido descubierto copiando.[/QUOTE][URL="http://www.senasa.es/uploads/ficheros/pdf/examenessegaero/Resoluci%C3%B3n%20BOE%20EXAMENES%20TECNICOS%20MANTENIMIENTO%202008.pdf"]Resolución BOE examen [/URL]
Última edición por Vientos; 27/05/2009 a las 22:56.
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