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08/06/2009, 21:07 #
2
d u k e
Usuario Activo
Fecha de ingreso: 17/mar/2009
Mensajes: 167
Eso no iria por via laboral sino civil, y lo del año está legislado para deudas de empresa a trabajador y no al revés, debes devolverlo
Última edición por d u k e; 08/06/2009 a las
21:08
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d u k e
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