Por cierto, el impuesto de sucesiones hay que liquidarlo en 6 meses, no 3 como comentan antes, desde el deceso. El no liquidarlo es una infracción tributaria que puede acarrear sanción.
Una cosa es liquidar el impuesto y otra muy diferente ejecutar la herencia, que sería proceder al reparto real de los bienes. Lo normal es que se liquide el impuesto aunque los herederos renuncien a su parte de la herencia en favor de su padre/madre que quede con vida.
Un saludo.
__________________ Miembro de honor del "cuarteto capitolino"
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