Será que solo puedo consultar al abogado del diablo, y hablando de """Dios""" ya se sabe.
Otro gabinete Jurídico de la web lo define como:
[QUOTE]Se reconoce al[B] imputado[/B] como aquel sujeto a quien se lo señala con responsabilidad en el hecho presuntamente delictivo que conforma el objeto de investigación, cualquiera sea el grado que su participación alcance. [/QUOTE]
Y chico, como esta definición me salen a cienes.
Oche, que yo de leyes...lo justico, pero sujetos procesales creo que son:
[QUOTE]Los sujetos Procesales son: el juez, el fiscal,[B] el imputado[/B], el actor civil y el tercero civilmente responsable.
Son sujetos procesales indispensables el juez, el fiscal y [B]el imputado[/B].[/QUOTE]
Si hay un juez, y un fiscal...¿que falta?
Quizás es el mundo el resto del mundo quien está equivocado, eh.
saludos
__________________ Miembro de honor del "cuarteto capitolino" y "Optimistic Team Alejoikiano
|