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Antiguo 26/02/2010, 16:37   #4
Vientos
Moderador
 
Fecha de ingreso: 29/ago/2005
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Cita:
Iniciado por elreydehijar Ver mensaje
Pero aver, para cobrar el paro un mes tienes que cotizar 3 meses, eso lo se. Pero yo solo quiero cobrar la ayuda de 420 que creo no tiene esos requisitos.... Mi amigo me podria contratar por 3 meses y despedirme al mes o tampoco?
gracias
Lo que no entiendo es por qué no te ha contratado ya ¿a qué estáis esperando?


[QUOTE][B]Requisitos para acceder a esta ayuda. [/B]

- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
- Ser menor de 65 años,
- Haber extinguido por agotamiento la prestación de nivel contributivo o el subsidio por desempleo, incluídas todas sus prórrogas, a partir del 15 de febrero de 2010.
- No haber sido beneficiario de esta ayuda extraordinaria para desempleados sin derecho a paro.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Carecer de rentas propias superiores a 468 euros mensuales (en 2009).
Además, si tienes padres, y/o cónyuge, y/o hijos menores de 26 años, o mayores con discapacidad, o menores acogidos que convivan o se encuentren a tu cargo, la suma de los ingresos de todos los integrantes de la unidad familiar, incluido el solicitante, divididos por el número de miembros que la componen, no debe superar el 75% del salario mínimo interprfesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, que en 2009 asciendió a 468 euros al mes.
La carencia de rentas tiene que concurrir en el momento del agotamiento de la prestación contributiva o subsidio por desempleo, así como el de la solicitud, y mantenerse durante la percepción de la prestación extraordinaria.


[B]Quiénes no pueden beneficiarse. [/B]

- Trabajadores que agoten un subsidio para mayores de 52 años.
- Que tengan la condición de fijos discontinuos y agoten la prestación por desempleo o los subsidios durante los períodos de inactividad productiva.
- Que agoten la prestación por desempleo o los subsidios durante la suspensión de la relación laboral o la reducción de la jornada de trabajo en virtud de Expedientes de Regulación de Empleo.
- Que agoten el subsidio agrario, la Renta Agraria o la Renta Activa de Inserción.
- que perciban salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas.

[/QUOTE]
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