[QUOTE=sabito;4329499]2. La prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado [B][COLOR="Red"][SIZE="4"]o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio y se practique con otras Administraciones, Instituciones u Organismos[/SIZE][/COLOR][/B]. También se interrumpe por la notificación efectuada de acuerdo con los artículos 76, 77 y 78.
El plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado.[/QUOTE]
Exacto. Por eso a ver si nos facilita mas datos.
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