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Urco 26/12/2009 21:11

FINALIZACION CONTRATO LABORAL
 
A ver, el próximo dia 31/12/2009, finaliza mi contrato laboral con la empresa (Ayuntamiento), en este caso todavía no se me ha comunicado nada, a día de hoy, yo tampoco les he comentado nada sobre el particular. Me pregunto lo siguiente:
1. Si pasan los días y no me dicen nada, yo sigo trabajando, que pasaría.
2. Cuantos días han de transcurrir, en su caso, para que yo quede fijo de plantilla, si no me han renovado el contrato.
3. Me gustaría conocer si exíste, los días de la anterior pregunta, por que me temo, que quizá pasados, no se, 15/20 días, me presenten un contrato para firmar, y claro si tengo la opción que por despiste de ellos y los días transcurridos puedo quedar de plantilla, pues no firmalo ya, y platearles mi nueva situación, que ha sido creada por ellos.
Bueno si alguien conoce un poco este tema labora, me gustaria que me informara, para saber a que atenerme. Gracias de antemano.
Un saludo.

Venitez 30/12/2009 13:34

que tipo de contrato es. Si es un 402 ó 502 ya sabes cuando terminas, lo cual no deberías presentarte el siguiente día.

Urco 01/01/2010 21:04

A ver es un contrato a tiempo completo, y esta marcada la casilla de interinidad, y se corresponde con un 410. El contrato lo hicieron para dos años, puesto que es una sustitución por una excedencia, pero no se va a reincorporar la persona, y la excedencia se le ha acabado. Decir que yo anteriormente ya estaba en la empresa. En la resolución se dice lo siguiente: "Aprobar la prorroga del contrato de trabajo de D. . . . .. . . . . . , desde el 01/01/2008, hasta el 31/12/2009, o hasta la cobertura definitiva del puesto de trabajo". En definitiva llevo varios años de contrato en contrato. Un saludo. Ah, por cierto a día de hoy todavía no me han comunicado nada.

pakillo loco 04/01/2010 18:26

La excedencia por asuntos particulares para un funciobario es de dos años mínimo, por ello te han puesto un periodo de dos años en el contrato de intrerinidad. Si el titular de la plaza quiere agotar el periodo de excedencia, puedes estar hasta diez años, si tuviera el derecho de reserva de plaza, que no es el caso.
De ahí que si convocan nuevas oposiciones y sale tu plaza luergo en el concurso de adjudicación de plazas, se entendera cubierta reglamentariamente.
En ningun caso este contrato tiene preaviso, mañama mismo viene el titular de la plaza y os juntais los dos, pero tú te volverías.
Saludos


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