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gheta 23/10/2017 19:43

Efecto contagio en Italia, celebraciones de referendums
 
La Liga Norte de Italia, formación extremista y xonofoba, pide más autonomía para sus regiones de Veneto y Lombardía tras sus referendums y anuncia que lo realizará en más puntos de Italia.

[URL="http://www.eldiario.es/politica/LN-referendum-autonomia-Lombardia-Veneto_0_700280530.html"]http://www.eldiario.es/politica/LN-referendum-autonomia-Lombardia-Veneto_0_700280530.html[/URL]

Lo que si merece la atención subrayar que la Autonomía de Catalluña, ya goza de mejores privilegios que los que solicita la LN.

pocopelo 23/10/2017 20:52

[QUOTE=gheta;4822503]La Liga Norte de Italia, formación extremista y xonofoba, pide más autonomía para sus regiones de Veneto y Lombardía tras sus referendums y anuncia que lo realizará en más puntos de Italia.

[URL="http://www.eldiario.es/politica/LN-referendum-autonomia-Lombardia-Veneto_0_700280530.html"]http://www.eldiario.es/politica/LN-referendum-autonomia-Lombardia-Veneto_0_700280530.html[/URL]

Lo que si merece la atención subrayar que la Autonomía de Catalluña, ya goza de mejores privilegios que los que solicita la LN.[/QUOTE]
el gobierno de Italia, ya le ha contestado y esta de acuerdo en ese referéndum, siempre y cuando NO se ponga en peligro la UNION de Italia

sidrina 24/10/2017 08:21

Buenas...

Artículo 5 de la Constitución italiana:

"La República, una e indivisible, reconoce y promoverá las autonomías locales …"

Artículo 126 de la Constitución italiana:

"Se acordarán por decreto razonado del Presidente de la República la disolución del Consejo Regional y la remoción del Presidente de la Junta que hayan realizado actos contrarios a la Constitución o incurrido en violaciones graves de la ley".

gheta 24/10/2017 11:39

[QUOTE=sidrina;4822533]Buenas...

Artículo 5 de la Constitución italiana:

"La República, una e indivisible, reconoce y promoverá las autonomías locales …"

Artículo 126 de la Constitución italiana:

"Se acordarán por decreto razonado del Presidente de la República la disolución del Consejo Regional y la remoción del Presidente de la Junta que hayan realizado actos contrarios a la Constitución o incurrido en violaciones graves de la ley".[/QUOTE]

Veo que esa constitución está bien para controlar los devaneos de sus autonomías
En ese orden debíamos modificar la nuestra. Pero me temo que si un día se modifica será al contrario, como hacer desparecer el 155.

pocopelo 24/10/2017 13:20

[QUOTE=gheta;4822540]Veo que esa constitución está bien para controlar los devaneos de sus autonomías
En ese orden debíamos modificar la nuestra. Pero me temo que si un día se modifica será al contrario, como hacer desparecer el 155.[/QUOTE]

nuestra constitución ya lo tiene bien claro

Artículo 1
España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
[FONT="Arial Black"][SIZE="3"]La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado[/SIZE][/FONT].
La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Artículo 2
[FONT="Arial Black"][SIZE="3"]La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas[/SIZE][/FONT].

[url]http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=1&fin=9&tipo=2[/url]
saludos

gheta 24/10/2017 14:01

[QUOTE=pocopelo;4822545]nuestra constitución ya lo tiene bien claro

Artículo 1
España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
[FONT="Arial Black"][SIZE="3"]La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado[/SIZE][/FONT].
La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Artículo 2
[FONT="Arial Black"][SIZE="3"]La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas[/SIZE][/FONT].

[url]http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=1&fin=9&tipo=2[/url]
saludos[/QUOTE]

Ya...pero no es suficiente, al parecer

Falta un equivalente al 126 de la italiana


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 15:00.

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