falta de pago
hola,a ver si podeis aclararme una duda,mi empresa y yo fuimos a juicio por despido,pero llegamos a un acuerdo en los juzgados el dia del juicio por lo cual se redacto un acta en el que llego a un acuerdo de pagarme el importe pactado ingresandolo en la cuenta de 2 pagos en un mes,el primer pago se efectuo el dia estipulado pero el otro no me lo ha pagado por lo que he echo la reclamacio,mi pergunta es¿ si por haber firmado el finiquito dias despues del pacto en donde se reflejaba la cantidad pactada la empresa da por pagado el importe? o prevalece lo pactado en el acta del juzgado.gracias .saludos.
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En principio debe prevalecer el acuerdo del acta de conciliación ya que se establce la forma de pago de una forma determinada.
Cosa distinta es si en el finiquito te das por satisfecho de la cantidad total y que no tiene mas que reclamar y se deja entrever que ya has cobrado la totalidad. Como hay un poco de ambigüedad puede haber problemas, aunque sigo pensando que prevalece el acta de conciliación. Habría que leer el finiquito y saber si el primer pago lo hizo antes de firmar el finiquito o despues. 2salu2 y até mais |
el finiquito trae la fecha del dia del acuerdo,y el primer pago se efectuo 3 dias despues y se ingreso en la cuenta que se habia estipulado.salu2.
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Cita:
2salu2 y até mais |
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