Prescripción de delitos.
Hola a todos, me gustaria que me aclaraseis una duda que tengo sobre cuando prescriben los delitos de amenazas e injurias, no se si sin 6 meses o un año.
Muchas gracias por anticipado. |
Saludos , la prescripción viene recogida en el Codigo Penal:
TITULO VII De la extinción de la responsabilidad criminal y sus efectos CAPITULO PRIMERO De las causas que extinguen la responsabilidad criminal Está en los articulos 130 y siguientes del Codigo Penal. Aqui te pongo el 131: Artículo 131. 1. Los delitos prescriben: A los 20 años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de 15 o más años. A los 15, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de 10 años, o prisión por más de 10 y menos de 15 años. A los 10, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de 10. A los cinco, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de tres años y que no exceda de cinco. A los tres años, los restantes delitos menos graves. Los delitos de calumnia e injuria prescriben al año. [B]2. Las faltas prescriben a los seis meses.[/B] 3. Cuando la pena señalada por la ley fuere compuesta, se estará, para la aplicación de las reglas comprendidas en este , a la que exija mayor tiempo para la prescripción. 4. Los delitos de lesa humanidad y de genocidio y los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, no prescribirán en ningún caso. |
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