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anavic 12/05/2008 18:13

Otra para "el leyes"...
 
Hablando este finde con unos amigos, en una tertulia, alrededor de una mesa, (en una comunión), salió un tema un pelín controvertido... acerca de lo de la sociedad de autores y editores...

Resulta que una amiga tiene un cuadro original de un conocido pintor, heredado, con certificado de garantía, autentificación de expertos,... y un montón de documentos que hacen que el cuadro aún valga más pasta :D, (es una pija del copón)...

La pregunta que surgió es :

[B]¿Puede ella hacer copias del cuadro?[/B] Se refería a láminas, para exponerlas, venderlas..., si es propietaria del cuadro, original y único....

[B]¿Es propietaria también de todos sus derechos?[/B]

Esté muerto, o vivo el autor de cuadro, [B]¿él o sus herederos podrían reclamar algún derecho?[/B] ooooo....

...cuando compras un cuadro original, [B]¿el autor vende con el cuadro todos los derechos sobre el mismo?[/B]...

Si alguien difunde una fotografía del cuadro, lo reproduce en un libro, internet, o donde sea, [B]¿La pija esta, le puede reclamar algo?[/B]...

¿Que es lo que dice la ley? y...... ¿Que es lo que opináis?...

raoba 12/05/2008 23:36

Los siento pero no puedo contestarte, Ana, porque la pija del cuadro es mi hermana :D
.

rafa333 13/05/2008 15:11

el mundo es...un pañuelo :D

anavic 13/05/2008 18:42

Cita:

Iniciado por raoba (Mensaje 3375458)
Los siento pero no puedo contestarte, Ana, porque la pija del cuadro es mi hermana :D
.

http://img394.imageshack.us/img394/3630/smiley12ia8.gif

Eso quisieras tu

raoba 13/05/2008 21:40

Hola Ana:

No creas que lo que piensa tu amiga es exclusivo de los pijos, hay muchísima gente a la que llamamos ”normal” que cuando compra una obra cree que con ella adquiere los derechos del artista. Ejemplos hay a "dentelladas":

-Comprar un libro y creer que se tiene derecho a fotocopiarlo. :cool:

-Comprar un CD y considerar que se tiene todo el derecho del mundo a hacer copias, aunque no sea con ánimo lucrativo. :cool:

-Darse de alta en una plataforma digital y “ceder” la señal a los vecinos para ver gratis “las pelis” y partidos de futbol, porque considera que la señal es suya porque ya está pagada. :eek:

La cuestión que planteas tiene poco que ver con la Sociedad de Autores, y entra de lleno en lo que comúnmente se conoce en todo el mundo (menos en China :D) como Derechos de Propiedad Intelectual.

Intentaré desgranar alguna de tus dudas, (aunque te confieso que hace muchos años que lo estudié) y espero que no aparezca algún graciosillo y me diga: “Se nota que te gusta enseñar”... :D:D:D


1.- La propiedad intelectual forma parte de una serie de derechos de carácter personal y patrimonial que atribuyen al autor de una obra (en este caso artística), y por el hecho de haberla creado, la plena disposición sobre la misma, y el derecho exclusivo a explotarla, sin más límites de los que establecen las leyes. Este derecho no entra en colisión con los del poseedor legítimo de la obra, que como poseedor tiene también aquellos derechos derivados del uso y disfrute.


2.- Tienen la condición de obra, entre otras, las esculturas, las obras de pintura, dibujos, grabados, litografías, historietas gráficas, cuentos, tebeos o comics, así como sus ensayos o bocetos, y las demás obras plásticas. Todas ellas con las siguientes particularidades:

a) El creador de una obra no puede renunciar a su condición de autor de la misma.

b) La condición de autor no puede transmitirse "inter vivos" (enajenación, donación, etc.) ni "mortis causa" (testamento o herencia)

c) La condición de autor no se extingue con el paso del tiempo.


3.- Los derechos de propiedad intelectual inherentes a cualquier obra se dividen en dos tipos:

a) Los derechos patrimoniales, que se subdividen en los relacionados con la explotación de la obra, y los compensatorios, que hacen referencia a aquellos que tienen como finalidad compensar por la pérdida del lucro cesante en la realización de copias.

b) Los derechos de carácter personal o moral, que pertenecen de forma irrenunciable al autor, y que tras su fallecimiento, heredan sus descendientes. Entre estos últimos destacan, entre otros:

- El respeto a la integridad de la obra o actuación, e impedir cualquier deformación, modificación, alteración de la obra que suponga un perjuicio a sus intereses o menoscabo a su reputación.

- Decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma.

En resumen, (y para no aburrirte :D) creo que ha quedado claro que cuando uno adquiere una obra de arte, no toma parte absoluta de la misma, ya que hay una serie de derechos inherentes que permanecen en beneficio del autor y de sus descendientes.

Hay, obviamente, ciertas excepciones (que pueden existir en el caso de tu amiga), cuando... por ejemplo, el cuadro es muy antiguo y no existen herederos reconocidos por el derecho.

Quizá la mayor duda se me presenta en tu última pregunta:

[QUOTE=anavic;3374729]Si alguien difunde una fotografía del cuadro, lo reproduce en un libro, internet, o donde sea, [B]¿La pija esta, le puede reclamar algo?[/B]...[/QUOTE]

“A vote pronto”, yo creo que no, porque la infracción entraría quedaría dentro de los derechos recogidos en la Ley de Propiedad Intelectual, que pertenecen exclusivamente al autor, y además, si alguien lo reproduce, sólo puede ser porque ella antes lo prestó... :confuso:

Saludos a todos, y un beso gordo para ti... :) Ahhhhh!! y confío que no me estés sometiendo a un test :p
.

anavic 14/05/2008 11:07

¿que dices de test?,... que no hombre, que no... :D, fue un comentario que surgió en una tertulia y quise compartirlo contigo y con el foro...

Está claro que si el cuadro tiene condición de obra, como una peli, o como un libro, nada ... pero dada la "originalidad" de dicha obra, y de la existencia de "una sola copia", adquirida por esta persona,... la duda surgía de si se adquirían todos los derechos...

Tu explicación no da margen a la duda, por lo que cuando vuelva a ver a la pija le diré: "si, tienes un cuadro único y valioso, pero... Y UNA MIIIIEEERDA ERES DUEÑA DE LA OBRA, y menos, hacer copias"... :D

sabito 14/05/2008 11:36

[quote]pero... Y UNA MIIIIEEERDA ERES DUEÑA DE LA OBRA, y menos, hacer copias"...[/quote]

y lo que vas a disfrutar. . . :p

anavic 14/05/2008 11:46

Me va a caer la baba,... fijo,... :D

sabito 14/05/2008 11:52

malisisisisisisisisimaaaaaaaaaaaaaaaaaaa :D :p

anavic 14/05/2008 11:55

:D

Efebo 14/05/2008 17:09

¿Eso quiere decir que no puedo hacer una copia del Picasso que tengo puesto en mi cuarto de baño? -:D

Saludos desde el sur

Efebo

rafa333 14/05/2008 20:28

[QUOTE=Efebo;3378048]¿Eso quiere decir que no puedo hacer una copia del Picasso que tengo puesto en mi cuarto de baño? -:D[/QUOTE]

hazlo cuanto antes efebo, que la humedad es muuuuu mala :D

raoba 14/05/2008 23:34

Cita:

Iniciado por rafa3333 (Mensaje 3378473)
hazlo cuanto antes efebo, que la humedad es muuuuu mala :D

Que no se moleste, rafa, que es una copia. La original la tiene Roca. (también en el baño, claro!! :p)
.


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