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manotari 10/06/2005 12:03

Parabolica y comunidad
 
Hola tengo un problema con una antena parabolica que kiero colocar en mi fachada, vamos por puntos:

1- Tengo un adosado con su patio delantero y trasero, en el cual somo una comunidad de 24 vecinos debido al pasillo del garaje ke es comunitario.

2- Han puesto una parabolica la comunidad orientada hacia el astra para ver digital +, pero esta parabolica no esta muy fina ke digamos, ya ke la señal me llega muy justo, es mas algunos canales del digital + ni sikiera llego a verlo (ausencia de señal).

3- Tengo un decodificador libre y un motor para la parabolica.

La cuestion es la siguiente, yo quiero ver canales internacionales (tanto para practicar idiomas como para ver algun ke otro partido ke te echan) pero algunos vecinos han dicho ke no se puede porque romperia la estetica.

¿Hay alguna ley ke me multara por poner la parabolica en mi fachada? (os recuerdo ke es un adosado y la pondria dentro de mi patio, en la fachada externa, la ke da a la calle).

Gracias de antemano y saludos

Ricker 10/06/2005 14:22

Tienes derecho a poner la antena parabólica individual pues, como tú dices, la colectiva no sirve para sintonizar los canales que tú deseas. Te ampara el Real Decreto de 28 de Febrero de 1998 y en último extremo el Derecho Fundamental recogido en la Constitución, a la libre recepción de información. Otra cosa es que la comunidad instale colectivamente esos canales que tú deseas ver, cosa que a buen seguro no van a hacer. Con dicha ley en la mano, le comunicas al presidente que vas a hacer la instalación en elementos privativos de tu vivienda y que se atengan a la legislación que te ampara, que para eso se aprueba, para cumplirla. "La ignorancia de la Ley no exime de su cumplimiento" y la gente no puede oponerse sólo porque "le duelan los ojos" por ver una parabólica. Más feos son los aparatos de aire acondicionado, o los ornamentos que algunos eligen para sus jardines , o los toldos.
Otra cosa es la normativa municipal. Si en tu localidad se prohibe por estética y comunican tu situación en el Ayuntamiento. No obstante, la Constitución te sigue amparando en ese caso y te tienen que facilitar en tu comunidad medios alternativos para que tú no dejes de recibir los canales que te interesan.

Suerte y un saludo.

manotari 10/06/2005 16:05

Muchisimas gracias Ricker, me has dado una alegria, en pocos dias me pondre mano a la obra para poner mi parabolica con el mot-sat3, es más disfruto trasteando con todo estos temas, gracias de nuevo y salu2.

Ricker 10/06/2005 17:34

Me alegro de haberte ayudado.

Un saludo.

gerbela 10/06/2005 22:30

hay un mui buen post de hace tiempo q en el q un amigo del foro colgaba varias plantillas para darselas al adminitrador...diciendo lo k tu kieres hacer...de todas formas con q explikes con claridad lo k vas a hacer no habrá problema
salu2

Nhion 13/06/2005 10:03

Creo que donde deberias ponerla es en la azotea. Tienes todo tu derecho en tanto en cuanto el propio derecho al acceso a al informacion priva sobre la propiedad horizontal.

manotari 04/07/2005 14:05

Vuevlo de nuevo, ya ke he estado de vacaiones, le hice el escrito al presidente y este a su vez se la dio al administrador, el cual comenta ke tiene ke ir a junta para votacion ya ke tiene ke ser aprobado por unaminidad, el tema es ke lo kiero poner en la fachada de mi patio el cual por lo visto es común (según me ha dicho si lo pusiera en una zona privada no tendría problema). A ver alguien ke me pueda ayudar para el dia de la junta ir preparado, ya ke conozco gente ke se oponen , gracias.

elMaestro 04/07/2005 20:11

http://foros.zackyfiles.com/showthread.php?t=327293

manotari 05/07/2005 09:16

X elmaestro

Leí este post hace tiempo (el cual me deja claro ke si podria ponerla), es más se lo he imprimido al administrador de fincas ke tenemos, pero el tio es tan cabezón ke dice ke no es verdad, ke tiene ke ser aprobado en junta por todos los vecinos, por eso pregunto a ver si tengo suerte y hay algún abogado ke lea este post y me solucione esta papeleta ya que hay varios vecinos ke se oponen a ke ponga la parabolica.

X zidane12
Veo ke estas igual ke yo, te deseo suerte y a ver si sacamos esto pa lante, ;-)

elMaestro 05/07/2005 10:57

segun la ley de propiedad horizontal con 1/3 de los vecinos es suficiente para aprobarlo...
articulo 17-2a

Ricker 05/07/2005 11:22

La verdad, yo alucino con la capacidad de algunas personas de inventarse leyes para que sirvan a sus propósitos. Que se lea el administrador el Decreto Ley 1/1998 y se olvide de aprobaciones por unanimidad. Como dice elMaestro, basta 1/3 para la instalación de colectiva. Para una individual, es suficiente el permiso del presidente. Además para ser administrador legalmente tiene que ser licenciado en derecho. Debería conocer las leyes.

Me ponen de malas pulgas estas cosas, siempre poniendo la zancadilla a personas que lo único que desean es ver la TV, buscando pretextos (que si estética, que si aprobación por unanimidad), ya solo falta que eleven al congreso una proposición no de Ley para autorizarte a poner la antena.

En definitiva, ya conoces los pasos con sus plazos. Cumplidos éstos desde la notificación al presidente, instalas la antena y luego, si quieren quitártela, que contraten al Fiscal General del Estado.

Tienes todo el derecho.

manotari 05/07/2005 12:15

Gracias Ricker, pero ¿si no tuviera el permiso del presidente?, es ke el presidente le dio el escrito ke realizé al administrador y este en la ultima junta comentó ke se tenía ke realizar una votación en la proxima reunión. Por cierto ayer me encontré al administrador y le comenté ke por favor se informara bien y el me dijo ke me apostara lo ke kisiera ke el llevaba la razón el muy ca....
De todas formas muchas gracias ricker por tu apoyo, llevo dias hasta soñando con la parabola, jejej. Wueno pues ya os comentaré como termina el tema, ya ke nose si esperar a ke pase los 15 dias desde la notificación mia al presidente o esperar a la proxima reunión de la comunidad ke sería para mediado de agosto, uffff, no keda tiempo aún.
Wueno lo dicho ke muchas gracias ricker.

Ricker 05/07/2005 13:44

Vamos a ver: el administrador es como un ayudante del presidente de la comunidad. Su función es administrar (pagar facturas, recaudar las cuotas de comunidad, llamar al fontanero, etc.). El que tiene que tomar la decisión es el presidente, el cual fue elegido por mayoría de propietarios para representarlos y es quien en este caso debe decirte sí o no. En caso de que te remita de nuevo al administrador, es que ese hombre no tiene capacidad para desempeñar la presidencia. Si pasan 15 días y no tienes la respuesta (repito SÍ o NO, aquí no vale el ya veremos), antena al canto con todas las de la Ley.
Animo manatori, que como propietario de una parte de la propiedad horizontal que conforma tu comunidad tienes unos derechos que hay que respetar.

manotari 05/07/2005 14:33

Bueno ricker ya por ultimo y no te doy mas la lata, y si en el caso hipotético ke el presidente me dijera ke no, ¿ke podría hacer? es ke me kiero plantearme todos los posibles casos.

Muchas gracias ricker.

elMaestro 05/07/2005 15:27

http://www.fenitel.es/ict.asp
tienes bajados la ley de propiedad horizontal y la ley 1-98 ICT? alli lo pone clarisimo-imprime lo y se lo das al presidente!!!!

Ricker 05/07/2005 18:31

[QUOTE=manotari] y si en el caso hipotético ke el presidente me dijera ke no, ¿ke podría hacer? es ke me kiero plantearme todos los posibles casos.[/QUOTE]


Si te dice que no, tiene que ser porque en los próximos 3 meses la comunidad va a instalar los canales que deseas ver. Si no te contesta, vía libre :D. Si te dice que no, también vía libre :5] porque ese señor no puede negarte el Derecho Fundamental recogido en la Constitución a la libre recepción de información y porque te ampara el Decreto 1/1998, que como dice elMaestro, vas a tener que imprimirlo y darle una copia a tu presidente, para que se entere de una vez. :-}

manotari 06/07/2005 08:28

Pues bueno lo dicho era mi ultima pregunta, muchisimas gracias a ricker y elmaestro, ya os comentaré como termina el tema.

Saludos y gracias

Ricker 06/07/2005 11:37

[QUOTE=manotari]Pues bueno lo dicho era mi ultima pregunta, muchisimas gracias a ricker y elmaestro, ya os comentaré como termina el tema.

Saludos y gracias[/QUOTE]

No hay que dar las gracias. Aquí estamos para lo que necesites.

Suerte.

xenius 07/07/2005 18:57

hola en primer lugar decirte que no es cuestion de votaciones simplemente tienes que comunicarlo que la vas a instalar la ley esta contigo , ademas si es un adosado como dices ni siquiera tienes que comentarlo pues lo unico que tienes comunitario es el garaje y mientras no la instales en el ..

yo tengo adosado y antena y no he pedido permiso a nadie mi casa es mia , aunque tambien tengo el garaje comunitario

saludos

vicioso 25/07/2005 13:21

Simplemente añadir, pq me encuentro en el mismo caso que lo unico que autoriza la ley es una instalacion privativa pero que se pueda convertir en comun si algun vecino desea en otro momento conectarse a ella. Pq todos los RD que hay son referentes a Instalaciones comunes de telecomunicaciones. Y como todos lo que queremos (como yo que es una motorizada) se considera individual no entran en el ambito de esos RD y entonces hay k mirar la ley de propiedad horizontal que dice que para modificar los elementos comunes hace falta unanimidad.

Un saludo a todos.... y a ver si me podeis dar alguna solucion para mi caso.


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