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AMAKELELE 05/12/2008 17:03

IBI e impuestos varios
 
Mi escritura de propiedad de mi piso dice que tengo 76´08 m2 de superficie útil, 85´76 m2 edificados y el Catastro me cobra por 91 m2 . Mi plaza de garaje es de 12 m2 y me cobran por una superficie de 49 m2 . La razón, según el Catastro es que han prorrateado la superficie de los pasillos y el postal entre todos los propietarios y por ello me cobran por 91 m en la vivienda, y respecto a la plaza de garaje han hecho lo mismo prorrateando las calles de rodadura y me suman ¡más del triple!.
La pregunta es: ¿me pueden cobrar impuestos por algo que no es de mi propiedad? He recurrido, pero ¿alguien puede decirme en qué ley, artículo… puedo basarme. A mí me parece que si yo no soy propietario de la zona de rodadura no me la pueden cobrar. Que se la cobren a la comunidad me parece normal, pero a cada propietario prorrateando algo que no es suyo… Bueno, gracias de antemano.

jiab 05/12/2008 17:58

Hombre, lo malo (o lo bueno) es que sí eres propietario de las zonas comunes y de rodadura. Otra cosa es que tu propiedad no sea exclusiva.

Lo realmente malo es la voracidad de ayuntamientos y gobiernos varios a la hora de cargarnos con unos impuestos superexagerados y que no respetan ni el incremento del IPC, ni la realidad social de los contribuyentes (a nuestro pesar) y todo para pagar sus desaforados sueldos, sus inversiones faraónicas y las subvenciones a sus amiguetes y a los grupos de su misma cuerda que viven del cuento y de lo que nos quitan.

Saludos.

patapa 06/12/2008 00:15

X Amakelele: En esa escritura mira también lo que te corresponde de elementos comunes, a veces hay errores en el catastro. Pide también una certificación descriptiva y gráfica de tus fincas, en ella podrás comprobar exactamente la medida que tienen en el catastro, si no coinciden los metros con los que te aparecen en el recibo del IBI tendras que reclamar en tu ayuntamiento, si tampoco coinciden los de la escritura con los del catastro tendrás que pedir una rectificación, no recuerdo si es el modelo 901 o 902. De todas formas te advierto que tampoco adelantarías gran cosa si los metros que sobran se le cobran a la comunidad, ya que tendrías que pagar tu cuota exactamente igual. Muchas veces se producen errores en la gestión del IBI motivados porque los recaudadores suelen tomar el camino mas comodo, he visto algún recibo de IBI de un garaje comunitario que se le gira íntegro a un solo vecino y que luego él se encargue del cobro a los demas, y lo gracioso es que la Ley lo permite, ahora también te advierto de que en la mayoría de las ocasiones el que está en un error es el propietario. Respecto a la Ley que pides para basar tu reclamación es la Ley del Catastro Inmobiliario RDL 1/2.004, en concreto es en el artículo 10 el que regula la titularidad catastral, y en uno de sus apartados (no recuerdo en cual) se regula la titularidad catastral de los bienes comunes.

X Jiab: a que te gusta tener luz en la calle por la noche, y que las carreteras estén asfaltadas, y que te suministren agua corriente y red de saneamiento hasta tu casa, y tener parques y jardines y policías, y etc etc etc. Anda tómate una tila y relájate un poco, y si tienes muchas ganas de hablar de política me parece que hay una sección para ello.

AMAKELELE 06/12/2008 09:54

Muchas gracias patapa. Leeré la ley y actuaré como me comentas. Es un verdadero placer contar con foristas tan amables.
Saludos desde Lanzarote


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