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Roquin 17/01/2009 17:03

Ayuda por favor, problema con hacienda.
 
Desde el 2005 deduje la construccion de mi nueva vivienda habitual. Me la entregan el 1 de Enero de 2006 con multiples desperfectos que tardan en reparar y con la ilusión logica de amueblar y decorar la nueva vivienda y haciendo un gran esfuerzo economico, se me pasan los 12 meses en los que debo ocuparla con caracter permanente. Los vecinos nos veian todos los dias, ya que con toda la ilusiòn, despues de trabajar acudiamos para pintar y modificar nosotros mismos algunos detalles para ponerlos a nuestro gusto. La urbanización no fué recepcionada por el ayuntamiento durante ese año 2006 y la calle no tenia nombre ni cartero, por lo que toda la correspondencia la seguí dirigiendo a la anterior vivienda habitual que dicta a escasos metros de esta nueva y por tanto no pude cambiar en el censo el nuevo domicilio hasta que no se identificó la calle en el 2007. El caso es que ahora hacienda me pide que justifique que en el 2006 ocupé la vivienda y realmente la ocupe con caracter permanente a los15 meses y aunque contraté el agua y la luz a mediados del 2006, se puede comprobar que los consumos son pequeños.
Por favor que puedo hacer, mis vecinos me han firmardo dando fe de que ellos me veian a diario en la nueva vivienda (cosa que es cierto) y al parecer hacienda no lo acepta. Ayudenme por favor, no pido nada ilegal y no me parece logico perder las desgravaciones practicadas por la vivienda habitual que con tantisimo esfuerzo e ilusión hemos consguido. Deberia contratar un acesor o abogado?.
Gracias y perdonae la extensión del texto.

meca2123 18/01/2009 10:44

lo que no entiendo, es como has podido dar de alta el agua y la luz, sin estar recepcionada la vicienda,.
Y hacienda, tampoco le vale, como justificante esos recibos?? ;porque si solo le vale que se lo justifiques con el empadronamiento, creo que si vas a necesitar ayuda de un profesional.

saludos.

patapa 18/01/2009 14:24

Si no hay mas pues no hay mas, si no tienes otra prueba pues llega hasta el final con esa. Hacienda no tiene la última palabra la tiene el juzgado, así que en tu caso yo iría buscando a un abogado al que le expliques todos los pormenores y tenga toda la documentación para poder arreglarte lo tuyo ya que hay algunas cosas que no cuadran con lo que debería ser, quizá tengas que buscar responsabilidades en el promotor o en el ayuntamiento. Me explico, en principio como te ha dicho el compañero no deberías poder contratar luz y agua si la vivienda no dispone de cédula de habitabilidad, y la cédula no deben darla si la urbanización no está recepcionada, y lo mas importante es que no se debe habitar una vivienda que no dispone de cédula de habitabilidad porque técnicamente la vivienda se encontraría aún en obras, y mas aún, el promotor no debe entregarte y tu no debes aceptar una vivienda que no se encuentre en condiciones de habitabilidad (que es lo que tú compraste), y no es habitable mientras no cuente con la cédula. Vamos, es la pescadilla que se muerde la cola. Creo que esto lo preguntaste hace tiempo y no recuerdo que hablases de que la urbanización no estaba recepcionada por el ayuntamiento (quizá sí lo hiciste, pero no lo recuerdo), por eso te digo que necesitas a alguien que con todos los datos, fechas y papeles en la mano te de un mejor asesoramiento.

El tema de las nuevas urbanizaciones es un verdadero desastre tal y como viene configurado, y viene motivado por la reticencia de los ayuntamientos a recepcionar parcialmente obras de urbanización, posibilidad que les ofrece la ley, no obstante no les gusta hacerlo porque es una forma de presionar a promotores y constructores para que terminen las urbanizaciones en las condiciones de la licencia ya que estos suelen interesarse mas por la terminación y venta de las viviendas, que es en lo que ganan la pasta, que de terminar los parques y jardines y viales. Como no recepcionan no dan cédulas, pero sin embargo a los usuarios se les permite vivir en las viviendas, aún no he visto a un inspector municipal que denuncie a nadie por vivir en una vivienda de una urbanización no recepcionada, con luz y agua de obra en la mayoría de los casos. Es mas, he visto algún caso como el que dices en que a una vivienda en una urbanización sin recepcionar se le ha enganchado luz y agua, de la luz no me sorprende porque últimamente las eléctricas, al menos por mi zona, te ponen un contador hasta en un carrito de helados si se lo pides, pero el agua es otro cantar ya que depende directamente del ayuntamiento por lo que es completamente ilegal que un ayuntamiento permita que te den de alta en el agua en una vivienda de una urbanización no recepcionada.

Aún así no se si te habras informado en el ayuntamiento, quizá hubieran recepcionado la fase en la que se encuentra tu vivienda en el 2.006 y por eso te conectaron a los servicios, que el consumo sea bajo no es prueba de no residir y la ley no lo establece así, si es un indicio pero nada mas, admite prueba en contra.

Tambien te diré que este tipo de inspecciones vienen motivadas muchas veces por la actuación con la otra vivienda, no es poco frecuente que, en casos como el tuyo, el contribuyente se olvide de imputar los rendimientos de capital inmobiliario de la primera vivienda que se deja de habitar, o le atribuya la primera vivienda a un cónyuge como residencia habitual y la segunda al otro cónyuge para así deducirse las dos.

En resumen, búscate un abogado y llevalé todos los papeles.

Roquin 18/01/2009 14:51

Cita:

Iniciado por meca2123 (Mensaje 3666069)
lo que no entiendo, es como has podido dar de alta el agua y la luz, sin estar recepcionada la vicienda,.
Y hacienda, tampoco le vale, como justificante esos recibos?? ;porque si solo le vale que se lo justifiques con el empadronamiento, creo que si vas a necesitar ayuda de un profesional.

saludos.

Perdon quizas no me he explicado bien, la vivivienda si estaba recepcionada por urbanismo, aunque con desperfectos que exigí se me reparasen a la constructora y con gran paciencia y tiempo logré me reparasen unas y otras aburrido ya, las repare por mi cuenta.
Lo que parecia tener problema era la urbanizacion (somos adosados), ya sabeis los arbolitos y zonas comunes. El caso es que no pusieron nombre ni cartero a la calle hasta mucho despues de la entrega de los adosados.
Lo unico que me impedia ocuparla con caracter permanente era que me repararan primero los desperfectos y que poco a poco pudiese decorar y amueblar poco a poco el nuevo piso(la cuestión economica). Despues de casi tres años aqui todavia hay vecinos preparando su vivienda para habitarla, así que no es nada raro lo que me ha pasado a mi, así que la unica diferencia con ellos es que a mi me toca justificarlo.
Gracias amigos por vuestras respuestas e interes. Saludos.

Roquin 18/01/2009 14:59

Para Patapa.
 
El motivo de la justificación lo he ocasionado yo mismo, al reclamar a hacienda la desgravación adicional para las hipotecas anteriores al 26 de febrero de 2006, que inteligentemente hacienda no lo hace cuando se hace la declaracion con la descarga telematica y evidentemente hay que reclamarla.
Saludos.


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