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apinilla 19/07/2012 20:49

¿Se puede embargar piso de herencia en común?
 
Hola a todos.
No sé si la pregunta está bien redactada o no, me explico;
A mi cuñado el banco cetelem le reclama el pago de un préstamo que pidió y le concedieron en su día, y ¡¡ claro, no tiene un chavo por su mala cabeza y así le va !!
Abreviando.....según tengo entendido con las leyes que rigen en Aragón, el 50% del piso es de mi suegra, el 25% de mi cuñado y el 25% restante de mi esposa (hermanos), aunque actualmente tiene el beneficio mi suegra, que es la que vive allí (usufructo)
Nos preguntamos si el citado banco cetelem podría embargar el piso por impago, ya que mi cuñado no tiene visos de poder pagar.
Espero vuestra ayuda.

pakillo loco 12/08/2012 23:50

Pueden pedir el embargo de la nuda propiedad de ese 25% y la posesión (usufructo) lo tiene tu suegra.

tresnanos 15/08/2012 10:41

En buena logica, si lo que quieres es evitar el embargo, tienes un par de alternativas.

Negocia con el banco, puedes comprarle a ellos la deuda (lo aceptaran encantados), con lo que tu cuñado te debera a ti el dinero y podras ser tu el que embargue su parte del piso, o puedes negociar comprarle a ellos el porcentaje del pìso embargado una vez hayan ejecutado el embargo, esta opcion sera algo mas cara pero siempre quedaras mejor con tu cuñado una vez se haya quedado sin su parte de la propiedad.

pakillo loco 20/08/2012 19:40

[QUOTE=tresnanos;4380119]En buena logica, si lo que quieres es evitar el embargo, tienes un par de alternativas.

Negocia con el banco, puedes comprarle a ellos la deuda (lo aceptaran encantados), con lo que tu cuñado te debera a ti el dinero y podras ser tu el que embargue su parte del piso, o puedes negociar comprarle a ellos el porcentaje del pìso embargado una vez hayan ejecutado el embargo, esta opcion sera algo mas cara pero siempre quedaras mejor con tu cuñado una vez se haya quedado sin su parte de la propiedad.[/QUOTE]
Personalmente me inclinaria por la primera opción, ya que puede negociar el pago del principal y dejar de lado los intereses y previo conocimiento del cuñado y cediendo éste una parte de su porcentaje.


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